Procedimiento Administrativo

La Ley Nacional de Procedimientos Administrativos en Argentina establece las normas y requisitos para los procedimientos administrativos, garantizando la participación de los interesados y la eficacia en los trámites. También regula los actos administrativos, su nulidad, revocación y revisión.

Índice de Contenido
  1. Ámbito de Aplicación
  2. Actos, Actuaciones y Diligencias
    1. Realización en días y horas hábiles administrativos
    2. Plazos
    3. Derecho al debido proceso adjetivo
    4. Requisitos de los actos administrativos
    5. Presunción de legitimidad y fuerza ejecutoria
    6. Notificación y publicación de los actos administrativos
  3. Revocación, Saneamiento y Revisión de los Actos Administrativos
    1. Revocación de actos administrativos
    2. Saneamiento de actos administrativos anulables
    3. Caducidad y revisión de actos administrativos
  4. Conclusión
  5. Preguntas Frecuentes
    1. 1. ¿Cuál es el objetivo de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos en Argentina?
    2. 2. ¿A quiénes se aplica la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos en Argentina?
    3. 3. ¿Cuáles son los requisitos de los actos administrativos según la ley?
    4. 4. ¿Qué significa que los actos administrativos gozan de presunción de legitimidad y fuerza ejecutoria?
    5. 5. ¿Cuáles son los procedimientos para la revocación, saneamiento y revisión de los actos administrativos?

Ámbito de Aplicación

La Ley Nacional de Procedimientos Administrativos en Argentina se aplica a todos los procedimientos administrativos llevados a cabo por la Administración Pública Nacional centralizada y descentralizada, incluyendo entes autárquicos. Esto incluye trámites relacionados con permisos, licencias, autorizaciones, sanciones, entre otros.

Actos, Actuaciones y Diligencias

Los actos, actuaciones y diligencias en los procedimientos administrativos deben seguir ciertas reglas y requisitos establecidos por la ley. A continuación, se detallan algunos aspectos importantes:

Realización en días y horas hábiles administrativos

Los actos, actuaciones y diligencias deben practicarse en días y horas hábiles administrativos. Sin embargo, en casos excepcionales, se pueden habilitar días y horas no hábiles si es necesario.

Plazos

Los plazos para los trámites administrativos son obligatorios y se cuentan por días hábiles administrativos, a menos que se disponga lo contrario. Los plazos se computan a partir del día siguiente a la notificación y, en ausencia de un plazo especial, el plazo será de diez días. La Administración tiene la facultad de ampliar los plazos antes de su vencimiento, pero debe notificar la denegatoria al menos dos días antes del vencimiento.

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Derecho al debido proceso adjetivo

La ley establece el derecho de los interesados al debido proceso adjetivo en los procedimientos administrativos. Esto implica que los interesados tienen la posibilidad de exponer las razones de sus pretensiones y defensas, ofrecer y producir pruebas, y recibir una decisión fundada que considere los principales argumentos y cuestiones planteadas.

Requisitos de los actos administrativos

Los actos administrativos deben cumplir con ciertos requisitos establecidos por la ley. A continuación, se detallan algunos de ellos:

    • Dictados por autoridad competente
    • Sustentados en hechos y antecedentes que le sirvan de causa y en el derecho aplicable
    • Tener un objeto cierto y posible
    • Cumplir con los procedimientos esenciales y sustanciales
    • Ser motivados
    • Cumplir con la finalidad que resulte de las normas que otorgan las facultades pertinentes del órgano emisor

Presunción de legitimidad y fuerza ejecutoria

Los actos administrativos gozan de presunción de legitimidad y fuerza ejecutoria. Esto significa que la Administración puede poner en práctica el acto por sus propios medios, a menos que la ley o la naturaleza del acto exijan la intervención judicial. Sin embargo, la Administración puede suspender la ejecución del acto por razones de interés público o para evitar perjuicios graves al interesado, o si se alega fundadamente una nulidad absoluta.

Notificación y publicación de los actos administrativos

Los actos administrativos deben ser notificados a los interesados y los de alcance general deben ser publicados. El acto administrativo puede tener efectos retroactivos, siempre que no se lesionen derechos adquiridos. Además, el acto administrativo puede ser nulo en casos de exclusión de la voluntad de la Administración por error esencial, dolo, violencia o simulación absoluta, incompetencia, falta de causa o violación de la ley aplicable.

Revocación, Saneamiento y Revisión de los Actos Administrativos

La Ley Nacional de Procedimientos Administrativos en Argentina establece los procedimientos para la revocación, saneamiento y revisión de los actos administrativos. A continuación, se detallan algunos aspectos importantes:

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Revocación de actos administrativos

El acto administrativo regular, del que hayan nacido derechos subjetivos a favor de los administrados, no puede ser revocado, modificado o sustituido en sede administrativa una vez notificado. Sin embargo, puede ser revocado, modificado o sustituido de oficio en sede administrativa si el interesado conoce el vicio, si la revocación, modificación o sustitución lo favorece sin perjuicio a terceros, o por razones de oportunidad, mérito o conveniencia, indemnizando los perjuicios causados.

Saneamiento de actos administrativos anulables

El acto administrativo anulable puede ser saneado mediante ratificación por el órgano superior, confirmación por el órgano que dictó el acto o conversión si los elementos válidos permiten integrar otro acto válido.

Caducidad y revisión de actos administrativos

La Administración puede declarar la caducidad de un acto administrativo cuando el interesado no cumple las condiciones establecidas en el mismo. Sin embargo, debe mediar previa constitución en mora y concesión de un plazo suplementario razonable. Además, se puede disponer la revisión de un acto firme en casos de contradicciones, recuperación o descubrimiento de documentos decisivos, declaración de falsedad o irregularidades graves.

Conclusión

La Ley Nacional de Procedimientos Administrativos en Argentina establece los requisitos y procedimientos que deben seguirse en los procedimientos administrativos ante la Administración Pública Nacional. La ley busca garantizar la participación de los interesados, la celeridad y eficacia en los trámites, y el respeto al debido proceso adjetivo. También establece los requisitos esenciales del acto administrativo, su eficacia, nulidad, revocación, saneamiento y revisión.

Preguntas Frecuentes

1. ¿Cuál es el objetivo de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos en Argentina?

El objetivo de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos en Argentina es garantizar la impulsión e instrucción de oficio de los procedimientos administrativos, así como la participación de los interesados en las actuaciones. Además, busca promover la celeridad, economía, sencillez y eficacia en los trámites, permitiendo al Poder Ejecutivo regular el régimen disciplinario para asegurar el decoro y el orden procesal.

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2. ¿A quiénes se aplica la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos en Argentina?

La Ley Nacional de Procedimientos Administrativos en Argentina se aplica a todos los procedimientos administrativos llevados a cabo por la Administración Pública Nacional centralizada y descentralizada, incluyendo entes autárquicos. Esto incluye trámites relacionados con permisos, licencias, autorizaciones, sanciones, entre otros.

3. ¿Cuáles son los requisitos de los actos administrativos según la ley?

Los actos administrativos deben cumplir con ciertos requisitos establecidos por la ley. Algunos de ellos son: ser dictados por autoridad competente, sustentarse en hechos y antecedentes que le sirvan de causa y en el derecho aplicable, tener un objeto cierto y posible, cumplir con los procedimientos esenciales y sustanciales, ser motivados y cumplir con la finalidad que resulte de las normas que otorgan las facultades pertinentes del órgano emisor.

4. ¿Qué significa que los actos administrativos gozan de presunción de legitimidad y fuerza ejecutoria?

Los actos administrativos gozan de presunción de legitimidad y fuerza ejecutoria, lo que significa que la Administración puede poner en práctica el acto por sus propios medios, a menos que la ley o la naturaleza del acto exijan la intervención judicial. Sin embargo, la Administración puede suspender la ejecución del acto por razones de interés público o para evitar perjuicios graves al interesado, o si se alega fundadamente una nulidad absoluta.

5. ¿Cuáles son los procedimientos para la revocación, saneamiento y revisión de los actos administrativos?

La Ley Nacional de Procedimientos Administrativos en Argentina establece los procedimientos para la revocación, saneamiento y revisión de los actos administrativos. Por ejemplo, el acto administrativo regular, del que hayan nacido derechos subjetivos a favor de los administrados, no puede ser revocado, modificado o sustituido en sede administrativa una vez notificado. Sin embargo, puede ser revocado, modificado o sustituido de oficio en sede administrativa si el interesado conoce el vicio, si la revocación, modificación o sustitución lo favorece sin perjuicio a terceros, o por razones de oportunidad, mérito o conveniencia, indemnizando los perjuicios causados.

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