¿Si te divorcias de un español pierdes la residencia? Consecuencias legales

Si te divorcias de un español, es importante conocer las consecuencias legales en relación a la residencia. Según el artículo 9 del RD 240/2007, existen varios escenarios en los que se puede mantener la residencia de familiar de comunitario. Estos incluyen la duración del matrimonio, la custodia de los hijos, circunstancias difíciles como violencia doméstica, y acuerdos judiciales sobre visitas a los hijos. Sin embargo, los familiares del cónyuge de un nacional comunitario deberán solicitar una autorización de residencia en el régimen general. Comunicar la disolución del matrimonio a la Oficina de Extranjería es fundamental para evitar perder el permiso de residencia.

Si te divorcias de un español, puedes mantener la residencia de familiar de comunitario si cumples alguno de los siguientes requisitos:
1. Matrimonio o pareja registrada de al menos 3 años, con 1 año de residencia en España.
2. Custodia de hijos comunes.
3. Circunstancias difíciles como violencia doméstica o trata de seres humanos.
4. Derecho de visita a hijos menores.
En caso de ser familiar del cónyuge de un nacional comunitario, pasarás al régimen general. Comunica la disolución del vínculo matrimonial a la Oficina de Extranjería para evitar perder el permiso de residencia.

Índice de Contenido
  1. ¿Qué dice la ley?
    1. 1. Duración del matrimonio o situación de pareja registrada
    2. 2. Custodia de hijos comunes
    3. 3. Circunstancias especialmente difíciles
    4. 4. Derecho de visita a los hijos menores
  2. Consecuencias para los familiares del cónyuge de un nacional comunitario
  3. Conclusiones
  4. Preguntas Frecuentes
    1. 1. ¿Cuánto tiempo debe durar el matrimonio para mantener la residencia?
    2. 2. ¿Qué sucede si hay hijos comunes del matrimonio?
    3. 3. ¿Qué se considera como circunstancias especialmente difíciles?
    4. 4. ¿Qué sucede si hay una resolución judicial o acuerdo de visita a los hijos menores?
    5. 5. ¿Qué sucede con los familiares del cónyuge de un nacional comunitario?

¿Qué dice la ley?

La legislación española establece las condiciones en las que un cónyuge extranjero puede mantener su residencia en España después de un divorcio. Según el artículo 9 del RD 240/2007, se pueden mantener los derechos de residencia en los siguientes casos:

1. Duración del matrimonio o situación de pareja registrada

Si el matrimonio o la situación de pareja registrada ha durado al menos tres años, de los cuales al menos un año ha sido de residencia en España, se puede mantener la residencia. En este caso, es importante comunicar la disolución del vínculo matrimonial a la Oficina de Extranjería dentro de los tres meses siguientes a la notificación de la resolución de divorcio, nulidad o cancelación como pareja registrada.

2. Custodia de hijos comunes

Si hay hijos comunes del matrimonio y se le otorga la custodia al cónyuge extracomunitario, ya sea por mutuo acuerdo o por resolución judicial, se puede mantener la residencia.

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3. Circunstancias especialmente difíciles

Si el cónyuge extracomunitario ha sufrido circunstancias especialmente difíciles durante el matrimonio, como ser víctima de violencia doméstica o haber sido sometido a trata de seres humanos por parte del cónyuge español, se puede mantener la residencia. En estos casos, se considerará acreditado provisionalmente si existe una orden de protección a favor del extracomunitario o un informe del Ministerio Fiscal que indique indicios de violencia doméstica. También se considerará acreditado de manera definitiva si hay una sentencia que declare la existencia de estas circunstancias.

4. Derecho de visita a los hijos menores

Si hay una resolución judicial o un acuerdo mutuo que establezca el derecho de visita del ex cónyuge extracomunitario a los hijos menores, siempre y cuando dicha resolución o acuerdo esté vigente y el menor resida en España, se puede mantener la residencia.

Consecuencias para los familiares del cónyuge de un nacional comunitario

En el caso de los familiares del cónyuge de un nacional comunitario, no podrán mantener la residencia en régimen comunitario y pasarán al régimen general. Esto significa que deberán solicitar una autorización de residencia o de residencia y trabajo, cumpliendo los requisitos correspondientes.

Conclusiones

Si te divorcias de un español, puedes mantener la residencia de familiar de comunitario si cumples alguno de los requisitos mencionados anteriormente. Es importante comunicar la disolución del vínculo matrimonial a la Oficina de Extranjería dentro del plazo establecido para evitar perder el permiso de residencia. Recuerda que cada caso es único y puede haber circunstancias específicas que deban ser evaluadas por un abogado especializado en derecho de extranjería.

Preguntas Frecuentes

1. ¿Cuánto tiempo debe durar el matrimonio para mantener la residencia?

El matrimonio o la situación de pareja registrada debe haber durado al menos tres años, de los cuales al menos un año ha sido de residencia en España. Es importante comunicar la disolución del vínculo matrimonial a la Oficina de Extranjería dentro de los tres meses siguientes a la notificación de la resolución de divorcio, nulidad o cancelación como pareja registrada.

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2. ¿Qué sucede si hay hijos comunes del matrimonio?

Si hay hijos comunes del matrimonio y se le otorga la custodia al cónyuge extracomunitario, ya sea por mutuo acuerdo o por resolución judicial, se puede mantener la residencia.

3. ¿Qué se considera como circunstancias especialmente difíciles?

Se considera circunstancias especialmente difíciles si el cónyuge extracomunitario ha sufrido violencia doméstica durante el matrimonio o ha sido sometido a trata de seres humanos por parte del cónyuge español. En estos casos, se considerará acreditado provisionalmente si existe una orden de protección a favor del extracomunitario o un informe del Ministerio Fiscal que indique indicios de violencia doméstica. También se considerará acreditado de manera definitiva si hay una sentencia que declare la existencia de estas circunstancias.

4. ¿Qué sucede si hay una resolución judicial o acuerdo de visita a los hijos menores?

Si hay una resolución judicial o un acuerdo mutuo que establezca el derecho de visita del ex cónyuge extracomunitario a los hijos menores, siempre y cuando dicha resolución o acuerdo esté vigente y el menor resida en España, se puede mantener la residencia.

5. ¿Qué sucede con los familiares del cónyuge de un nacional comunitario?

En el caso de los familiares del cónyuge de un nacional comunitario, no podrán mantener la residencia en régimen comunitario y pasarán al régimen general. Esto significa que deberán solicitar una autorización de residencia o de residencia y trabajo, cumpliendo los requisitos correspondientes.

Recuerda que cada caso es único y puede haber circunstancias específicas que deban ser evaluadas por un abogado especializado en derecho de extranjería. Es importante comunicar la disolución del vínculo matrimonial a la Oficina de Extranjería dentro del plazo establecido para evitar perder el permiso de residencia.

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