Herencia

El Código Civil y Comercial de Argentina regula la herencia y sucesión. Define la apertura de la sucesión al fallecer una persona y la transmisión de su patrimonio. Reconoce herederos y legatarios, y establece causas de indignidad para suceder. También establece los procedimientos para la exclusión de la sucesión por indignidad y la posibilidad de perdón por parte del fallecido.

Índice de Contenido
  1. ¿Qué es la herencia?
  2. Apertura de la sucesión
  3. Tipos de sucesión
    1. Sucesión testamentaria
    2. Sucesión por la ley
  4. Herederos
  5. Legatarios
  6. Causas de indignidad para suceder
  7. Exclusión de la sucesión por causa de indignidad
  8. Perdón por parte del fallecido
  9. Conclusión
  10. Preguntas Frecuentes
    1. 1. ¿Qué es la herencia y qué incluye?
    2. 2. ¿Cuáles son los tipos de sucesión en Argentina?
    3. 3. ¿Quiénes pueden ser herederos en Argentina?
    4. 4. ¿Qué es un legatario?
    5. 5. ¿Cuáles son las causas de indignidad para suceder?
    6. 6. ¿Cómo se excluye a una persona de la sucesión por causa de indignidad?
    7. 7. ¿Puede el fallecido perdonar a una persona indigna?
    8. 8. ¿Cuál es la importancia del Código Civil y Comercial en la regulación de la herencia en Argentina?

¿Qué es la herencia?

La herencia es el conjunto de bienes, derechos y obligaciones que una persona deja al fallecer. En el ámbito legal, la herencia se transmite a los herederos y legatarios, quienes adquieren la titularidad de los bienes y asumen las obligaciones del fallecido.

Apertura de la sucesión

La sucesión se abre en el momento del fallecimiento de una persona. Es en este momento cuando se produce la transmisión de la herencia a los herederos y legatarios.

Tipos de sucesión

Sucesión testamentaria

La sucesión testamentaria se abre cuando el fallecido deja un testamento en el que dispone de sus bienes. En este caso, se deben respetar las disposiciones testamentarias y distribuir los bienes de acuerdo con la voluntad del fallecido.

Sucesión por la ley

La sucesión por la ley se abre cuando no existe un testamento válido o cuando este no dispone de todos los bienes del fallecido. En este caso, se aplican las reglas del Código Civil y Comercial para determinar la distribución de la herencia entre los herederos legales.

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Herederos

Los herederos son las personas a las que se transmite la herencia del fallecido. El Código Civil y Comercial establece diferentes categorías de herederos:

    • Descendientes: son los hijos, nietos, bisnietos, etc. del fallecido.
    • Ascendientes: son los padres, abuelos, bisabuelos, etc. del fallecido.
    • Cónyuge o conviviente: en caso de que el fallecido estuviera casado o conviviera en pareja.
    • Parientes colaterales: son los hermanos, tíos, primos, etc. del fallecido, hasta el cuarto grado de parentesco.

Es importante destacar que el Código Civil y Comercial reconoce el derecho de los hijos nacidos después de la muerte del padre, siempre y cuando la concepción haya ocurrido antes del fallecimiento.

Legatarios

Además de los herederos, el Código Civil y Comercial reconoce la figura del legatario. Un legatario es una persona que recibe un bien o conjunto de bienes determinados del patrimonio del fallecido por decisión de este último. El legatario no adquiere la totalidad de la herencia, sino únicamente los bienes específicos que le han sido legados.

Causas de indignidad para suceder

El Código Civil y Comercial establece causas de indignidad que pueden excluir a una persona de la sucesión. Estas causas son aquellas conductas que demuestran una falta de idoneidad moral para recibir bienes del fallecido. Algunas de las causas de indignidad son:

    • Ser autor o cómplice de un delito doloso cometido contra el fallecido.
    • Maltratar al fallecido u ofender su memoria.
    • Acusar o denunciar al fallecido por un delito, a menos que la víctima del delito sea el acusador o su familia.
    • No denunciar la muerte del fallecido por causa de un delito doloso dentro de un mes.
    • No brindar los alimentos debidos al fallecido o no llevarlo a un establecimiento adecuado si no podía valerse por sí mismo.
    • No reconocer en forma voluntaria al fallecido cuando era menor de edad.
    • Ser privado de la responsabilidad parental como padre o madre del fallecido.
    • Influir en la voluntad del fallecido para otorgar, dejar de hacer o modificar un testamento.
    • Falsificar, alterar, sustraer, ocultar o sustituir un testamento.

Exclusión de la sucesión por causa de indignidad

La exclusión de la sucesión por causa de indignidad se logra a través de una demanda que debe iniciarse luego de la apertura de la sucesión. La persona que reclama los derechos que le corresponderían al indigno debe iniciar la demanda y probar las causas de indignidad. Si se demuestra la indignidad, el indigno será excluido de la sucesión y sus derechos serán distribuidos entre los demás herederos.

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Perdón por parte del fallecido

El fallecido puede perdonar a una persona indigna a través de un testamento posterior a la causa de indignidad. Sin embargo, para que el perdón sea válido, se debe demostrar que el fallecido conocía la causa de indignidad al momento de hacer el testamento.

Conclusión

El Código Civil y Comercial de la Nación regula el derecho sucesorio y la herencia en Argentina. Establece que la sucesión se abre al fallecer una persona y se transmite su herencia, que incluye todos sus bienes, derechos y obligaciones. Reconoce a los herederos y legatarios como beneficiarios de la herencia, y establece causas de indignidad que excluyen a una persona de la sucesión. También establece los procedimientos para la exclusión de la sucesión por causa de indignidad y la posibilidad de perdón por parte del fallecido.

Preguntas Frecuentes

1. ¿Qué es la herencia y qué incluye?

La herencia es el conjunto de bienes, derechos y obligaciones que una persona deja al fallecer. Incluye tanto los activos como los pasivos del fallecido.

2. ¿Cuáles son los tipos de sucesión en Argentina?

En Argentina, existen dos tipos de sucesión: la testamentaria y la sucesión por la ley. La sucesión testamentaria se abre cuando el fallecido deja un testamento en el que dispone de sus bienes. La sucesión por la ley se abre cuando no hay testamento válido o cuando este no dispone de todos los bienes del fallecido.

3. ¿Quiénes pueden ser herederos en Argentina?

En Argentina, pueden ser herederos los descendientes, ascendientes, cónyuge o conviviente, y parientes colaterales hasta el cuarto grado. También se reconoce el derecho de los hijos nacidos después de la muerte del padre, siempre y cuando la concepción haya ocurrido antes del fallecimiento.

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4. ¿Qué es un legatario?

Un legatario es una persona que recibe un bien o conjunto de bienes determinados del patrimonio del fallecido por decisión de este último. El legatario no adquiere la totalidad de la herencia, sino únicamente los bienes específicos que le han sido legados.

5. ¿Cuáles son las causas de indignidad para suceder?

El Código Civil y Comercial establece causas de indignidad que pueden excluir a una persona de la sucesión. Algunas de estas causas son ser autor o cómplice de un delito doloso cometido contra el fallecido, maltratar al fallecido u ofender su memoria, y influir en la voluntad del fallecido para otorgar, dejar de hacer o modificar un testamento.

6. ¿Cómo se excluye a una persona de la sucesión por causa de indignidad?

La exclusión de la sucesión por causa de indignidad se logra a través de una demanda que debe iniciarse luego de la apertura de la sucesión. La persona que reclama los derechos que le corresponderían al indigno debe iniciar la demanda y probar las causas de indignidad. Si se demuestra la indignidad, el indigno será excluido de la sucesión y sus derechos serán distribuidos entre los demás herederos.

7. ¿Puede el fallecido perdonar a una persona indigna?

Sí, el fallecido puede perdonar a una persona indigna a través de un testamento posterior a la causa de indignidad. Sin embargo, para que el perdón sea válido, se debe demostrar que el fallecido conocía la causa de indignidad al momento de hacer el testamento.

8. ¿Cuál es la importancia del Código Civil y Comercial en la regulación de la herencia en Argentina?

El Código Civil y Comercial de la Nación es la normativa que regula el derecho sucesorio y la herencia en Argentina. Establece los derechos y obligaciones de los herederos y legatarios, así como las causas de indignidad y los procedimientos legales para la exclusión de la sucesión. Es fundamental conocer y cumplir con las disposiciones de este código para garantizar una correcta transmisión de la herencia.

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