Dano Emergente

El daño emergente en Argentina se refiere a la pérdida patrimonial causada por un hecho ilícito o incumplimiento contractual. El responsable debe indemnizar al damnificado por el valor de la pérdida sufrida. Se requiere probar la existencia del hecho y la relación de causalidad. En caso de incumplimiento, se puede recurrir a la vía judicial. El plazo para reclamar es de dos años desde el hecho.

Índice de Contenido
  1. Regulación del daño emergente en Argentina
    1. Artículo 1738 del Código Civil y Comercial de la Nación
  2. Aplicación del daño emergente
    1. Existencia del hecho ilícito o incumplimiento contractual
    2. Relación de causalidad
    3. Prueba del monto del daño emergente
  3. Acción de indemnización por daño emergente
    1. Plazo para iniciar la acción de indemnización
    2. Cuantificación del daño emergente
    3. Responsabilidad por el daño emergente
    4. Prescripción de la acción de indemnización
  4. Jurisprudencia sobre el daño emergente en Argentina
    1. Prueba del daño emergente
    2. Indemnización equivalente al valor de mercado
  5. Conclusión
  6. Preguntas Frecuentes
    1. 1. ¿Qué es el daño emergente en Argentina?
    2. 2. ¿Cuáles son los requisitos para aplicar el daño emergente?
    3. 3. ¿Qué acciones puede tomar el damnificado en caso de incumplimiento de la obligación de indemnizar?
    4. 4. ¿Cómo se cuantifica el daño emergente?
    5. 5. ¿Quién es responsable por el daño emergente?

Regulación del daño emergente en Argentina

El daño emergente en Argentina se encuentra regulado en el Código Civil y Comercial de la Nación. Este código establece los derechos y obligaciones de las personas en el ámbito civil y comercial, incluyendo las normas relativas a la responsabilidad por daños y perjuicios.

Artículo 1738 del Código Civil y Comercial de la Nación

El artículo 1738 del Código Civil y Comercial establece que el responsable del daño emergente debe indemnizar al damnificado por el valor de la pérdida sufrida. Esta indemnización debe ser equivalente al valor de mercado de lo perdido o disminuido, teniendo en cuenta el valor de reposición o reparación.

Aplicación del daño emergente

Para que se aplique el daño emergente, es necesario cumplir con ciertos requisitos establecidos por la legislación argentina. A continuación, se detallan los requisitos para la aplicación del daño emergente:

Existencia del hecho ilícito o incumplimiento contractual

El damnificado debe demostrar la existencia de un hecho ilícito o incumplimiento contractual por parte del responsable. Esto implica probar que el responsable ha actuado de manera contraria a la ley o ha incumplido las obligaciones establecidas en un contrato.

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Relación de causalidad

El damnificado debe demostrar la relación de causalidad entre el hecho ilícito o incumplimiento contractual y el daño sufrido. Es decir, debe probar que el daño es consecuencia directa del acto ilícito o del incumplimiento contractual.

Prueba del monto del daño emergente

El damnificado debe probar el monto del daño emergente, es decir, la pérdida o disminución patrimonial sufrida. Esto implica presentar pruebas documentales, como facturas, recibos o informes periciales, que demuestren el valor de mercado de lo perdido o disminuido.

Acción de indemnización por daño emergente

En caso de que el responsable del daño no cumpla con su obligación de indemnizar, el damnificado puede recurrir a la vía judicial para reclamar la reparación del daño emergente. A continuación, se detallan los aspectos relevantes de la acción de indemnización por daño emergente:

Plazo para iniciar la acción de indemnización

El Código Civil y Comercial establece que el plazo para iniciar la acción de indemnización por daño emergente es de dos años a partir de la fecha en que se produjo el hecho ilícito o el incumplimiento contractual. Este plazo es conocido como el plazo de prescripción de la acción.

Cuantificación del daño emergente

El Código Civil y Comercial establece que la cuantificación del daño emergente debe tener en cuenta el valor de mercado de lo perdido o disminuido, teniendo en cuenta el valor de reposición o reparación. Además, se pueden considerar otros elementos como el lucro cesante, es decir, la pérdida de ganancias futuras como consecuencia del daño sufrido.

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Responsabilidad por el daño emergente

El Código Civil y Comercial establece que el responsable del daño emergente es aquel que ha causado el daño de manera directa o indirecta. Además, se establece la responsabilidad solidaria en caso de que el daño haya sido causado por varias personas de manera conjunta.

Prescripción de la acción de indemnización

En cuanto a la prescripción de la acción de indemnización por daño emergente, el Código Civil y Comercial establece que el plazo es de dos años a partir de la fecha en que se produjo el hecho ilícito o el incumplimiento contractual. Sin embargo, este plazo puede ser interrumpido por la presentación de una demanda judicial o por el reconocimiento expreso de la deuda por parte del responsable.

Jurisprudencia sobre el daño emergente en Argentina

La jurisprudencia argentina ha establecido ciertos criterios en relación al daño emergente. A continuación, se mencionan algunos aspectos relevantes:

Prueba del daño emergente

Los tribunales argentinos han establecido que el daño emergente debe ser probado de manera fehaciente por el damnificado. Esto implica presentar pruebas documentales y periciales que demuestren la existencia y el monto del daño sufrido.

Indemnización equivalente al valor de mercado

La jurisprudencia argentina ha establecido que la indemnización por daño emergente debe ser equivalente al valor de mercado de lo perdido o disminuido, teniendo en cuenta el valor de reposición o reparación. Esto implica que el damnificado debe recibir una compensación que le permita reponer o reparar lo perdido o disminuido.

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Conclusión

En Argentina la regulación y aplicación del daño emergente se encuentra establecida en el Código Civil y Comercial de la Nación. El responsable del daño emergente debe indemnizar al damnificado por el valor de la pérdida sufrida, teniendo en cuenta el valor de mercado de lo perdido o disminuido. El damnificado debe probar la existencia del hecho ilícito o incumplimiento contractual, así como la relación de causalidad entre dicho hecho y el daño sufrido. En caso de incumplimiento de la obligación de indemnizar, el damnificado puede recurrir a la vía judicial para reclamar la reparación del daño emergente. El plazo para iniciar la acción de indemnización por daño emergente es de dos años a partir de la fecha en que se produjo el hecho ilícito o el incumplimiento contractual. La jurisprudencia argentina ha establecido que el daño emergente debe ser probado de manera fehaciente y que la indemnización debe ser equivalente al valor de mercado de lo perdido o disminuido.

Preguntas Frecuentes

1. ¿Qué es el daño emergente en Argentina?

El daño emergente en Argentina se refiere a la pérdida o disminución patrimonial sufrida por una persona como consecuencia de un hecho ilícito o incumplimiento contractual por parte de otra. Según el Código Civil y Comercial de la Nación, el responsable del daño emergente debe indemnizar al damnificado por el valor de la pérdida sufrida.

2. ¿Cuáles son los requisitos para aplicar el daño emergente?

Para aplicar el daño emergente en Argentina, es necesario cumplir con los siguientes requisitos: demostrar la existencia del hecho ilícito o incumplimiento contractual, probar la relación de causalidad entre dicho hecho y el daño sufrido, y presentar pruebas del monto del daño emergente, como facturas, recibos o informes periciales.

3. ¿Qué acciones puede tomar el damnificado en caso de incumplimiento de la obligación de indemnizar?

En caso de que el responsable del daño no cumpla con su obligación de indemnizar, el damnificado puede recurrir a la vía judicial para reclamar la reparación del daño emergente. El plazo para iniciar la acción de indemnización por daño emergente es de dos años a partir de la fecha en que se produjo el hecho ilícito o el incumplimiento contractual.

4. ¿Cómo se cuantifica el daño emergente?

La cuantificación del daño emergente se realiza teniendo en cuenta el valor de mercado de lo perdido o disminuido, así como el valor de reposición o reparación. Además, se pueden considerar otros elementos como el lucro cesante, es decir, la pérdida de ganancias futuras como consecuencia del daño sufrido.

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5. ¿Quién es responsable por el daño emergente?

Según el Código Civil y Comercial de la Nación, el responsable del daño emergente es aquel que ha causado el daño de manera directa o indirecta. Además, se establece la responsabilidad solidaria en caso de que el daño haya sido causado por varias personas de manera conjunta.

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