Delito De Acoso

El delito de acoso consiste en acosar a una persona de manera insistente y reiterada, alterando su vida cotidiana, sin tener autorización legítima. Las acciones que se consideran acoso incluyen vigilar, perseguir, establecer contacto, utilizar datos personales de forma indebida y atentar contra la libertad o patrimonio. La pena para este delito varía dependiendo de las circunstancias, y es necesario interponer una denuncia para perseguirlo, a menos que la víctima sea una persona en situación de especial vulnerabilidad.

Se abordará el tema del delito de acoso en México, su definición, regulación y las penas establecidas en el Código Penal. El acoso es una conducta que consiste en acosar a una persona de manera insistente y reiterada, alterando su vida cotidiana y sin tener autorización legítima. A continuación, se detallarán los aspectos más relevantes de este delito.

Índice de Contenido
  1. Definición del delito de acoso
    1. Acciones consideradas acoso
  2. Regulación y penas del delito de acoso
    1. Pena para el delito de acoso
    2. Pena para el acoso dirigido hacia la pareja o personas relacionadas con el acosador
    3. Nueva forma de cometer el delito de acoso
  3. Proceso de persecución del delito de acoso
  4. Conclusión
  5. Preguntas Frecuentes
    1. 1. ¿Cuál es la definición del delito de acoso en México?
    2. 2. ¿Qué acciones se consideran acoso según la legislación mexicana?
    3. 3. ¿Cuáles son las penas establecidas para el delito de acoso en México?
    4. 4. ¿Cuál es la pena para el acoso dirigido hacia la pareja o personas relacionadas con el acosador?
    5. 5. ¿Existe una nueva forma de cometer el delito de acoso en México?

Definición del delito de acoso

El delito de acoso está tipificado en el artículo 172 ter del Código Penal mexicano. Se considera acoso a la conducta de vigilar, perseguir o buscar cercanía física de manera insistente y reiterada hacia una persona, sin tener autorización legítima para hacerlo. Esta conducta debe alterar el desarrollo normal de la vida cotidiana de la persona acosada.

Acciones consideradas acoso

Dentro del delito de acoso, se consideran acciones que constituyen acoso las siguientes:

    • Vigilar: Observar de manera constante y persistente a la persona acosada, invadiendo su privacidad y generando una sensación de constante vigilancia.
    • Perseguir: Seguir a la persona acosada de manera insistente, sin importar su ubicación o actividades diarias.
    • Buscar cercanía física: Intentar acercarse físicamente a la persona acosada de manera constante y reiterada, invadiendo su espacio personal y generando incomodidad.
    • Establecer contacto a través de cualquier medio de comunicación: Utilizar cualquier medio de comunicación, como llamadas telefónicas, mensajes de texto, correos electrónicos o redes sociales, para establecer contacto con la persona acosada de manera insistente y reiterada.
    • Utilizar datos personales de forma indebida: Hacer uso indebido de los datos personales de la persona acosada, como su nombre, dirección, número de teléfono, etc., con el fin de acosarla.
    • Atentar contra la libertad o patrimonio de la persona acosada o de personas cercanas a ella: Realizar acciones que afecten la libertad o el patrimonio de la persona acosada o de personas que estén relacionadas con ella, como amenazas, chantajes o daños materiales.

Regulación y penas del delito de acoso

El delito de acoso se encuentra regulado en el artículo 172 ter del Código Penal mexicano. Las penas establecidas para este delito varían dependiendo de las circunstancias y la vulnerabilidad de la víctima.

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Pena para el delito de acoso

La pena para el delito de acoso es de 3 meses a 2 años de prisión o multa de 6 a 24 meses. Sin embargo, cuando la víctima se encuentra en situación de especial vulnerabilidad debido a su edad, enfermedad, discapacidad u otras circunstancias, la pena puede ser de 6 meses a 2 años de prisión.

Pena para el acoso dirigido hacia la pareja o personas relacionadas con el acosador

Si el acoso se dirige hacia la pareja o personas relacionadas con el acosador, la pena puede ser de 1 a 2 años de prisión o trabajos en beneficio de la comunidad de 60 a 120 días. Esto incluye a cónyuges, personas con relaciones de afectividad sin convivencia, descendientes, ascendientes, hermanos, menores o personas con discapacidad que conviven con el acosador o están bajo su tutela, y personas que se encuentran sometidas a custodia o guarda en centros públicos o privados.

Nueva forma de cometer el delito de acoso

Recientemente, se ha introducido una nueva forma de cometer el delito de acoso, que es el uso indebido de la imagen de una persona sin su consentimiento para hacer anuncios o abrir perfiles falsos en redes sociales u otros medios de difusión pública. La pena para esta modalidad es de 3 meses a 1 año de prisión o multa de 6 a 12 meses, y se aplica la mitad superior de la condena si la víctima es menor de edad o persona con discapacidad.

Proceso de persecución del delito de acoso

Para perseguir el delito de acoso, es necesario que la persona agraviada o su representante legal interpongan una denuncia ante las autoridades competentes. Sin embargo, existen excepciones a esta regla. Según el artículo 173.2 del Código Penal, si la víctima es una de las personas mencionadas en dicho artículo, el delito se considera público y se puede perseguir de oficio, es decir, sin necesidad de que la víctima interponga una denuncia.

Conclusión

El delito de acoso consiste en acosar a una persona de manera insistente y reiterada, alterando su vida cotidiana y sin tener autorización legítima. Las acciones que se consideran acoso incluyen vigilar, perseguir, establecer contacto, utilizar datos personales de forma indebida y atentar contra la libertad o patrimonio. Las penas para este delito varían dependiendo de las circunstancias, y es necesario interponer una denuncia para perseguirlo, a menos que la víctima sea una persona en situación de especial vulnerabilidad. Es importante tomar conciencia sobre este delito y denunciar cualquier caso de acoso para proteger los derechos y la integridad de las personas.

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Preguntas Frecuentes

1. ¿Cuál es la definición del delito de acoso en México?

El delito de acoso en México se define como la conducta de vigilar, perseguir o buscar cercanía física de manera insistente y reiterada hacia una persona, sin tener autorización legítima para hacerlo, y que altera el desarrollo normal de su vida cotidiana.

2. ¿Qué acciones se consideran acoso según la legislación mexicana?

Dentro del delito de acoso, se consideran acciones que constituyen acoso las siguientes: vigilar de manera constante, perseguir de manera insistente, buscar cercanía física de manera constante, establecer contacto a través de cualquier medio de comunicación, utilizar datos personales de forma indebida y atentar contra la libertad o patrimonio de la persona acosada o de personas cercanas a ella.

3. ¿Cuáles son las penas establecidas para el delito de acoso en México?

Las penas para el delito de acoso en México varían dependiendo de las circunstancias y la vulnerabilidad de la víctima. En general, la pena es de 3 meses a 2 años de prisión o multa de 6 a 24 meses. Sin embargo, si la víctima se encuentra en situación de especial vulnerabilidad, la pena puede ser de 6 meses a 2 años de prisión.

4. ¿Cuál es la pena para el acoso dirigido hacia la pareja o personas relacionadas con el acosador?

Si el acoso se dirige hacia la pareja o personas relacionadas con el acosador, la pena puede ser de 1 a 2 años de prisión o trabajos en beneficio de la comunidad de 60 a 120 días. Esto incluye a cónyuges, personas con relaciones de afectividad sin convivencia, descendientes, ascendientes, hermanos, menores o personas con discapacidad que conviven con el acosador o están bajo su tutela, y personas que se encuentran sometidas a custodia o guarda en centros públicos o privados.

5. ¿Existe una nueva forma de cometer el delito de acoso en México?

Sí, recientemente se ha introducido una nueva forma de cometer el delito de acoso en México, que es el uso indebido de la imagen de una persona sin su consentimiento para hacer anuncios o abrir perfiles falsos en redes sociales u otros medios de difusión pública. La pena para esta modalidad es de 3 meses a 1 año de prisión o multa de 6 a 12 meses, y se aplica la mitad superior de la condena si la víctima es menor de edad o persona con discapacidad.

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