Apropiacion Indebida

La apropiación indebida es un delito en el que una persona se apropia de manera definitiva de bienes que le han sido confiados para su entrega o devolución. En México, este delito está tipificado en el artículo 253 del Código Penal y se castiga con penas de prisión de 6 meses a 3 años, o multa de 1 a 3 meses si la cuantía no excede de 400 euros. Existen circunstancias agravantes que pueden aumentar la pena. Es importante diferenciar este delito de la apropiación ilegítima y la administración desleal.

Se abordará el delito de apropiación indebida en México, su definición, las penas establecidas en el Código Penal y las circunstancias agravantes que pueden aumentar la pena. También se explicará el bien jurídico protegido, los elementos necesarios para configurar el delito y las excepciones en las que no se considera apropiación indebida.

Índice de Contenido
  1. ¿Qué es la apropiación indebida?
    1. Tipificación y penas
    2. Circunstancias agravantes
  2. Bien jurídico protegido
  3. Elementos del delito
  4. Excepciones
  5. Diferencias con la apropiación ilegítima
  6. Diferencias con la administración desleal
  7. Preguntas Frecuentes
    1. 1. ¿Cuál es la definición de apropiación indebida en México?
    2. 2. ¿Cuáles son las penas establecidas para la apropiación indebida en México?
    3. 3. ¿Existen circunstancias agravantes que pueden aumentar la pena por apropiación indebida?
    4. 4. ¿Cuál es el bien jurídico protegido en el delito de apropiación indebida?
    5. 5. ¿Cuáles son los elementos necesarios para configurar el delito de apropiación indebida?
    6. 6. ¿Existen excepciones en las que no se considera apropiación indebida?
    7. 7. ¿Cuál es la diferencia entre apropiación indebida y apropiación ilegítima?
    8. 8. ¿En qué se diferencia la apropiación indebida de la administración desleal?

¿Qué es la apropiación indebida?

La apropiación indebida es un delito que consiste en que una persona, que ha recibido dinero, efectos, valores u cualquier otra cosa mueble en depósito, comisión, custodia o cualquier otro título que implique la obligación de entregarlos o devolverlos, los incorpora de manera definitiva a su propio patrimonio en lugar de cumplir con dicha obligación.

Tipificación y penas

La apropiación indebida está tipificada en el artículo 253 del Código Penal de México. Las penas establecidas para este delito son de prisión de 6 meses a 3 años, o multa de 1 a 3 meses si la cuantía de lo apropiado no excede de 400 euros.

Circunstancias agravantes

Existen circunstancias agravantes que pueden aumentar la pena por apropiación indebida. Estas circunstancias incluyen:

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    • Apropiación de bienes de primera necesidad, viviendas u otros bienes de utilidad social.
    • Abuso de la firma de otra persona.
    • Afectación al patrimonio artístico, histórico, cultural o científico.
    • Perjuicio de especial gravedad.
    • Valor de la defraudación superior a los 50.000 euros o afectación a un elevado número de personas.
    • Aprovechamiento de relaciones personales o credibilidad empresarial o profesional.
    • Comisión de estafa procesal.
    • Reincidencia.

Bien jurídico protegido

El bien jurídico protegido en el delito de apropiación indebida es el derecho de propiedad de los bienes muebles, así como el derecho de los acreedores a satisfacer sus créditos en el patrimonio del deudor en casos de insolventes.

Elementos del delito

Para que se configure el delito de apropiación indebida, se requieren los siguientes elementos:

    • Posesión legítima inicial: El sujeto activo debe tener una posesión legítima inicial de los bienes.
    • Título generador de la obligación: El título por el cual se adquirió la posesión debe generar la obligación de entregar o devolver los bienes.
    • Acto de disposición como propietario: El sujeto activo debe realizar un acto de disposición de los bienes como si fueran propios.
    • Ánimo de lucro: Debe existir un ánimo de lucro por parte del sujeto activo al realizar la apropiación indebida.

Excepciones

Existen algunas excepciones en las que no se considera delito de apropiación indebida. Estas excepciones incluyen:

    • Liquidación de cuentas que demuestre una compensación.
    • Ejercicio del derecho de retención en casos específicos como el depositario, el mandatario, el comisionista o el usufructuario.

Diferencias con la apropiación ilegítima

Es importante diferenciar el delito de apropiación indebida del delito de apropiación ilegítima. Mientras que en la apropiación indebida existe un título que genera la obligación de entregar o devolver los bienes, en la apropiación ilegítima no existe dicho título y se produce una apropiación de una cosa mueble ajena. La pena para la apropiación ilegítima es inferior a la de la apropiación indebida.

Diferencias con la administración desleal

Por último, es importante destacar que el delito de apropiación indebida se diferencia del delito de administración desleal. Ambos son delitos económicos, pero la administración desleal se refiere a la conducta de un administrador o representante legal que, abusando de su cargo, causa un perjuicio patrimonial a la entidad que administra. Mientras que en la apropiación indebida se trata de la apropiación de bienes que han sido confiados a una persona, en la administración desleal se trata de la gestión desleal de los bienes de una entidad.

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Preguntas Frecuentes

1. ¿Cuál es la definición de apropiación indebida en México?

La apropiación indebida es un delito en el que una persona que ha recibido bienes en depósito, comisión o custodia, los incorpora de manera definitiva a su propio patrimonio en lugar de cumplir con la obligación de entregarlos o devolverlos.

2. ¿Cuáles son las penas establecidas para la apropiación indebida en México?

Según el Código Penal de México, las penas para la apropiación indebida son de prisión de 6 meses a 3 años, o multa de 1 a 3 meses si la cuantía de lo apropiado no excede de 400 euros.

3. ¿Existen circunstancias agravantes que pueden aumentar la pena por apropiación indebida?

Sí, existen circunstancias agravantes que pueden aumentar la pena por apropiación indebida. Estas incluyen la apropiación de bienes de primera necesidad, viviendas u otros bienes de utilidad social, el abuso de la firma de otra persona, la afectación al patrimonio artístico, histórico, cultural o científico, el perjuicio de especial gravedad, el valor de la defraudación superior a los 50.000 euros o afectación a un elevado número de personas, el aprovechamiento de relaciones personales o credibilidad empresarial o profesional, la comisión de estafa procesal y la reincidencia.

4. ¿Cuál es el bien jurídico protegido en el delito de apropiación indebida?

El bien jurídico protegido en el delito de apropiación indebida es el derecho de propiedad de los bienes muebles, así como el derecho de los acreedores a satisfacer sus créditos en el patrimonio del deudor en casos de insolventes.

5. ¿Cuáles son los elementos necesarios para configurar el delito de apropiación indebida?

Para que se configure el delito de apropiación indebida, se requieren los siguientes elementos: posesión legítima inicial de los bienes por parte del sujeto activo, un título generador de la obligación de entregar o devolver los bienes, un acto de disposición de los bienes como propietario y un ánimo de lucro por parte del sujeto activo al realizar la apropiación indebida.

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6. ¿Existen excepciones en las que no se considera apropiación indebida?

Sí, existen excepciones en las que no se considera apropiación indebida. Estas incluyen la liquidación de cuentas que demuestre una compensación y el ejercicio del derecho de retención en casos específicos como el depositario, el mandatario, el comisionista o el usufructuario.

7. ¿Cuál es la diferencia entre apropiación indebida y apropiación ilegítima?

La diferencia entre apropiación indebida y apropiación ilegítima radica en la existencia de un título que genera la obligación de entregar o devolver los bienes en el caso de la apropiación indebida, mientras que en la apropiación ilegítima no existe dicho título y se produce una apropiación de una cosa mueble ajena. Además, la pena para la apropiación ilegítima es inferior a la de la apropiación indebida.

8. ¿En qué se diferencia la apropiación indebida de la administración desleal?

La apropiación indebida se diferencia de la administración desleal en que la primera se refiere a la apropiación de bienes que han sido confiados a una persona, mientras que la segunda se refiere a la gestión desleal de los bienes de una entidad por parte de un administrador o representante legal. Ambos son delitos económicos, pero la administración desleal implica abusar del cargo para causar un perjuicio patrimonial a la entidad que se administra.

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