¿Qué implica la plusvalía por herencia? Explicación completa

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La herencia, un acto que conmemora la vida de un ser querido, puede conllevar un inesperado coste económico: la plusvalía municipal. Este impuesto, que grava la diferencia entre el valor de adquisición de una propiedad y el valor en el momento de la herencia, puede resultar complejo de entender para los herederos. En este artículo, te guiaremos paso a paso por la plusvalía por herencia en España, despejando dudas y brindando información esencial para afrontar este proceso con seguridad.

Índice de Contenido
  1. Puntos Importantes
  2. La Plusvalía Municipal por Herencia en España: Una Explicación Completa
    1. ¿Qué es el Impuesto de Plusvalía Municipal?
  3. Video Recomendado: Plusvalía Municipal por Herencia en España: Guía Completa para Herederos
    Preguntas Frecuentes
    1. ¿Qué ocurre si el inmueble ha perdido valor desde la fecha de adquisición?
    2. ¿Puedo pagar la plusvalía a plazos?
    3. ¿Qué pasa si no pago la plusvalía a tiempo?
    4. ¿Puedo reclamar la plusvalía si ya la he pagado?
    5. ¿En qué se diferencia la plusvalía por herencia de la plusvalía por venta?
    6. ¿Qué tipo de profesionales pueden ayudarme a gestionar la plusvalía por herencia?
  4. Ayuda a otros compartiendo

Puntos Importantes

    • La plusvalía municipal por herencia es un impuesto que se aplica sobre el incremento del valor de un inmueble desde su adquisición hasta su transmisión por herencia.
    • Este impuesto se calcula sobre la diferencia entre el valor catastral en el momento de la adquisición y el valor catastral en el momento de la herencia.
    • La base imponible del impuesto es el incremento del valor del inmueble, y se grava con un tipo impositivo que varía según el municipio.
    • Los herederos son los responsables del pago del impuesto, pero pueden deducir las deudas que tenga el fallecido sobre el inmueble.
    • El plazo para pagar la plusvalía municipal es de 6 meses a partir de la fecha de la herencia, aunque algunas comunidades autónomas establecen plazos diferentes.
    • En caso de no pagar la plusvalía municipal, se podrán aplicar sanciones económicas y recargos.

La Plusvalía Municipal por Herencia en España: Una Explicación Completa

Este artículo explica en detalle el impuesto de plusvalía municipal que deben pagar los herederos de un inmueble urbano en España.

La plusvalía municipal, también conocida como Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, grava el aumento de valor que ha experimentado un inmueble desde su adquisición hasta su transmisión. Esto incluye herencias y donaciones, no solo las compraventas.

El heredero es quien debe pagar este impuesto, y lo hace sobre el inmueble urbano, no sobre fincas rústicas.

El plazo para liquidar la plusvalía es de 6 meses a partir del fallecimiento del propietario, con posibilidad de prórroga de 6 meses adicionales.

Para liquidar el impuesto, se debe presentar la escritura de aceptación de la herencia, el testamento, la declaración de herederos, el certificado de últimas voluntades y los títulos de adquisición del fallecido.

El cálculo de la plusvalía se basa en la base imponible y el tipo impositivo. La base imponible se calcula como el aumento de valor del inmueble en los últimos 20 años, utilizando el valor catastral actual y un porcentaje de incremento anual, que no supera el 3,7% para los primeros 5 años, el 3,5% hasta los 10 años, el 3,2% hasta los 15 años y el 3% hasta los 20 años.

El tipo impositivo lo fija cada Ayuntamiento, con un límite máximo del 30%.

El artículo incluye un ejemplo de cálculo de la plusvalía municipal por herencia.

Finalmente, se menciona la posibilidad de demostrar que el inmueble no ha aumentado de valor, para evitar el pago de la plusvalía, aunque el Tribunal Supremo aún no ha dictaminado con claridad sobre esta posibilidad.

¿Qué es el Impuesto de Plusvalía Municipal?

El Impuesto de Plusvalía Municipal, también conocido como Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), es un tributo que se aplica en España a la plusvalía que se obtiene al transmitir un inmueble urbano, ya sea por venta, donación o herencia.

En otras palabras, este impuesto grava el aumento de valor que ha experimentado un terreno urbano entre el momento de su adquisición y su transmisión. La plusvalía se calcula con base en el valor catastral del inmueble, que es el valor que le asigna el Ayuntamiento para efectos fiscales, y no necesariamente coincide con el valor de mercado.

Para comprender mejor ¿Qué implica la plusvalía por herencia? Explicación completa(En España), es crucial entender cómo funciona este impuesto en el contexto de una herencia.

¿Cuándo se aplica la plusvalía por herencia?

Cuando un inmueble urbano se transmite por herencia, se debe pagar el Impuesto de Plusvalía Municipal si el valor del inmueble ha aumentado desde que el fallecido lo adquirió. Este aumento de valor se calcula desde la fecha de adquisición del inmueble hasta la fecha de fallecimiento del anterior propietario.

¿Quién debe pagar el Impuesto de Plusvalía?

El heredero, o los herederos, son quienes deben pagar el Impuesto de Plusvalía Municipal por el inmueble que reciben en herencia.

Es importante destacar que el impuesto se aplica sobre el inmueble urbano, no sobre fincas rústicas.

Plazo para liquidar la plusvalía

El plazo para liquidar el Impuesto de Plusvalía Municipal por herencia es de 6 meses a partir del fallecimiento del propietario. Sin embargo, existe la posibilidad de solicitar una prórroga de 6 meses adicionales, con lo que el plazo total se extendería a un año.

Para solicitar la prórroga, se debe presentar una solicitud ante el Ayuntamiento correspondiente, junto con la documentación justificativa que acredite las razones para la solicitud.

Documentación necesaria para liquidar el impuesto

Para liquidar el Impuesto de Plusvalía Municipal por herencia, se necesita la siguiente documentación:

    • Escritura de aceptación de la herencia
    • Testamento
    • Declaración de herederos
    • Certificado de últimas voluntades
    • Títulos de adquisición del fallecido

¿Cómo se calcula la plusvalía municipal?

El cálculo de la plusvalía municipal se basa en la base imponible y el tipo impositivo.

Base imponible:

La base imponible se calcula como el aumento de valor del inmueble en los últimos 20 años. Para ello, se utiliza el valor catastral actual y un porcentaje de incremento anual. Este porcentaje de incremento anual no supera el 3,7% para los primeros 5 años, el 3,5% hasta los 10 años, el 3,2% hasta los 15 años y el 3% hasta los 20 años.

Ejemplo:

Si el valor catastral actual de un inmueble es de 100.000 euros y el fallecido lo adquirió hace 10 años, la base imponible se calcula como sigue:

    • Primeros 5 años: 100.000 € * 0,037 * 5 = 18.500 €
    • Siguientes 5 años: 100.000 € * 0,035 * 5 = 17.500 €
    • Total base imponible: 18.500 € + 17.500 € = 36.000 €

Tipo impositivo:

El tipo impositivo lo fija cada Ayuntamiento, con un límite máximo del 30%. Este tipo impositivo se aplica sobre la base imponible para determinar el importe total del impuesto.

Ejemplo:

Si el Ayuntamiento establece un tipo impositivo del 20%, el importe total del Impuesto de Plusvalía Municipal sería:

    • 36.000 € * 0,20 = 7.200 €

Es importante tener en cuenta que cada Ayuntamiento puede aplicar un tipo impositivo diferente, por lo que es recomendable consultar con el Ayuntamiento correspondiente antes de liquidar el impuesto.

Tipo impositivo de la plusvalía

El tipo impositivo de la plusvalía lo determina cada Ayuntamiento. Existe un límite máximo del 30%, pero cada Ayuntamiento puede aplicar un tipo inferior. Para conocer el tipo impositivo que se aplica en tu municipio, debes consultar con el Ayuntamiento correspondiente.

Ejemplo práctico de cálculo de la plusvalía

Imaginemos que un inmueble urbano tiene un valor catastral actual de 200.000 euros y el fallecido lo adquirió hace 15 años por 100.000 euros. Para calcular la plusvalía, debemos seguir estos pasos:

    • Calcular el incremento del valor catastral:
      • Valor catastral actual: 200.000 euros
      • Valor catastral en el momento de la adquisición: 100.000 euros
      • Incremento del valor catastral: 200.000 euros - 100.000 euros = 100.000 euros
    • Calcular la base imponible:
      • Incremento del valor catastral: 100.000 euros
      • Porcentaje de incremento anual para los primeros 5 años: 3,7%
      • Porcentaje de incremento anual para los siguientes 5 años: 3,5%
      • Porcentaje de incremento anual para los últimos 5 años: 3,2%
      • Base imponible: (100.000 euros * 0,037 * 5) + (100.000 euros * 0,035 * 5) + (100.000 euros * 0,032 * 5) = 54.500 euros
    • Calcular el importe del impuesto:
      • Base imponible: 54.500 euros
      • Tipo impositivo del Ayuntamiento: 25% (ejemplo)
      • Importe del impuesto: 54.500 euros * 0,25 = 13.625 euros

En este ejemplo, el Impuesto de Plusvalía Municipal a pagar sería de 13.625 euros.

¿Cómo evitar el pago de la plusvalía?

Aunque el Impuesto de Plusvalía Municipal se calcula con base en el valor catastral y no en el valor de mercado, existen algunas estrategias para evitar el pago del impuesto o reducir su importe.

    • Demostrar que el inmueble no ha aumentado de valor:

El Tribunal Supremo ha dictaminado que el Impuesto de Plusvalía Municipal es inconstitucional en los casos en que no se ha producido un incremento real del valor del inmueble. En estos casos, se debe demostrar que el valor del inmueble se ha mantenido o incluso ha disminuido durante el tiempo en que el fallecido lo poseía.

Sin embargo, aún no existe una jurisprudencia clara sobre cómo demostrar este hecho, y cada caso debe ser analizado de forma individual.

    • Apelar la liquidación del impuesto:

Si se considera que la liquidación del impuesto está equivocada, se puede presentar una reclamación ante el Ayuntamiento. Si la reclamación es rechazada, se puede interponer un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia.

    • Negociar con el Ayuntamiento:

En algunos casos, se puede negociar con el Ayuntamiento para obtener una reducción del importe del impuesto.

Es importante recordar que las estrategias para evitar el pago de la plusvalía no siempre tienen éxito, y es recomendable consultar con un asesor fiscal o un abogado especialista en derecho tributario para obtener una mejor orientación.

Actualización legislativa sobre la plusvalía

El Tribunal Supremo ha declarado la inconstitucionalidad del Impuesto de Plusvalía Municipal en los casos en que no se ha producido un incremento real del valor del inmueble. Sin embargo, no se ha establecido una normativa clara sobre cómo demostrar este hecho.

La sentencia del Tribunal Supremo ha generado una gran controversia y se espera que en los próximos meses se produzcan cambios legislativos que regulen este impuesto.

En caso de duda, es recomendable consultar con un asesor fiscal o un abogado especialista en derecho tributario.

Consejos para gestionar la plusvalía por herencia

    • Conocer el valor catastral del inmueble: Es fundamental conocer el valor catastral del inmueble para poder calcular el Impuesto de Plusvalía Municipal. Se puede consultar el valor catastral en la página web del Ayuntamiento correspondiente o en la web del Catastro.
    • Tener la documentación necesaria: Para liquidar el Impuesto de Plusvalía Municipal, se necesita la documentación que se ha mencionado anteriormente.
    • Contar con un asesor fiscal: Es recomendable contar con un asesor fiscal que pueda ayudar a calcular el importe del impuesto, gestionar la liquidación y evitar posibles errores.
    • Informarse sobre las novedades legislativas: El Impuesto de Plusvalía Municipal está en constante revisión, por lo que es importante estar al tanto de las últimas novedades legislativas.
    • Planificar la herencia: En la medida de lo posible, se puede planificar la herencia para evitar el pago del Impuesto de Plusvalía Municipal.

Recursos adicionales sobre la plusvalía

Información oficial sobre el Impuesto de Plusvalía Municipal en la web de la Agencia Tributaria

Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de la plusvalía municipal

Es importante recordar que la información contenida en este artículo tiene carácter informativo y no sustituye la consulta profesional de un asesor fiscal o un abogado especialista en derecho tributario.

Video Recomendado: Plusvalía Municipal por Herencia en España: Guía Completa para Herederos

Preguntas Frecuentes

¿Qué ocurre si el inmueble ha perdido valor desde la fecha de adquisición?

En el caso de que el inmueble haya perdido valor desde que el fallecido lo adquirió, la plusvalía municipal a pagar será 0. Es decir, no se aplicará ningún impuesto ya que, legalmente, no se ha producido un aumento de valor del terreno. Para demostrar que el inmueble ha perdido valor, se pueden presentar pruebas como informes de tasación o estudios de mercado que avalen la disminución del valor del inmueble.

¿Puedo pagar la plusvalía a plazos?

En general, no se puede pagar la plusvalía a plazos. El pago del impuesto debe realizarse de forma única y en el plazo establecido por la ley. Sin embargo, algunos Ayuntamientos ofrecen la posibilidad de fraccionar el pago del impuesto en varios plazos. Para saber si esto es posible en tu municipio, es recomendable consultar con el Ayuntamiento correspondiente.

¿Qué pasa si no pago la plusvalía a tiempo?

Si no se paga la plusvalía municipal en el plazo establecido, se generarán intereses de demora y puede incluso iniciarse un procedimiento de apremio para el cobro del impuesto. En el caso de que el heredero no pueda hacer frente al pago de la plusvalía, se puede solicitar una prórroga al Ayuntamiento, o solicitar una reducción del impuesto.

¿Puedo reclamar la plusvalía si ya la he pagado?

Sí, es posible reclamar la plusvalía si ya la has pagado. En concreto, puedes reclamar si la sentencia del Tribunal Supremo ha determinado que el impuesto era inconstitucional, o si se ha demostrado que el inmueble no ha aumentado de valor desde su adquisición. Sin embargo, la normativa actual no establece un plazo específico para realizar la reclamación.

¿En qué se diferencia la plusvalía por herencia de la plusvalía por venta?

La plusvalía por herencia se calcula sobre el aumento de valor del inmueble desde la fecha de adquisición del fallecido hasta la fecha de fallecimiento. Mientras que, la plusvalía por venta se calcula sobre el aumento de valor del inmueble desde la fecha de adquisición hasta la fecha de venta. Además, en el caso de la plusvalía por herencia, el heredero es quien debe pagar el impuesto, mientras que en el caso de la plusvalía por venta, el vendedor es quien debe pagar el impuesto.

¿Qué tipo de profesionales pueden ayudarme a gestionar la plusvalía por herencia?

Para gestionar la plusvalía por herencia, puedes contar con la ayuda de diferentes profesionales. Un asesor fiscal puede calcular el impuesto, gestionar la liquidación y evitar posibles errores. Un abogado especialista en derecho tributario puede ayudarte a reclamar el impuesto si consideras que está equivocado o a negociar con el Ayuntamiento una reducción del importe. Además, un notario puede ayudarte con la documentación necesaria para la herencia, como la escritura de aceptación de la herencia y la declaración de herederos.

La plusvalía municipal por herencia en España, un impuesto que grava el aumento de valor de un inmueble urbano, es un asunto complejo que exige atención por parte de los herederos. El artículo ha desentrañado los aspectos cruciales de este impuesto, desde su cálculo hasta las posibilidades de evitar su pago. Tras analizar las diferentes opciones para gestionar la plusvalía, queda patente la importancia de una planificación anticipada para mitigar su impacto, recurriendo a la asesoría de profesionales especializados en materia fiscal y legal. La incertidumbre actual en torno a su constitucionalidad, sin embargo, invita a estar atentos a las novedades legislativas que puedan transformar el panorama de este impuesto en el futuro.

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