Plan De Reestructuracion
La Ley 16/2022 introduce los planes de reestructuración como un mecanismo preconcursal para evitar la insolvencia o superarla antes de tener que solicitar un concurso de acreedores. Estos planes permiten modificar las condiciones o estructura del activo, pasivo y fondos propios de una empresa, incluyendo quitas, esperas, capitalizaciones de deuda, daciones en pago, modificaciones o extinciones de garantías, resolución de contratos y venta de unidades productivas en funcionamiento.
Analizaremos los criterios para la formación de planes de reestructuración y el contenido que deben incluir según la ley concursal en España.
- Criterios para la formación de planes de reestructuración
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Contenido de un plan de reestructuración
- 1. Diagnóstico de la situación financiera
- 2. Medidas de reestructuración propuestas
- 3. Plan de viabilidad
- 4. Tratamiento de los acreedores
- 5. Información sobre la empresa y su actividad
- 6. Información sobre los socios y accionistas
- 7. Información sobre el experto en reestructuraciones
- 8. Información sobre las deudas con la administración
- 9. Información sobre el régimen especial para microempresas
- Conclusión
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Preguntas Frecuentes|FAQ
- 1. ¿Cuándo se puede iniciar un plan de reestructuración?
- 2. ¿Quiénes participan en la aprobación y votación del plan de reestructuración?
- 3. ¿Qué papel juega el experto en reestructuraciones en el proceso?
- 4. ¿Cuándo es necesaria la homologación judicial del plan de reestructuración?
- 5. ¿Se pueden imponer planes de reestructuración a los socios en casos de insolvencia?
- 6. ¿Cuáles son los límites en la condonación y aplazamiento de deudas públicas?
- 7. ¿Qué particularidades tiene el régimen especial para microempresas?
Criterios para la formación de planes de reestructuración
- Existencia de una probabilidad de insolvencia
- Participación de todos los acreedores en la aprobación y votación del plan
- Possibilidad de designar a un experto en reestructuraciones
- Homologación judicial en determinados casos
- Imposición del plan a los socios en casos de insolvencia
- Límites en la condonación y aplazamiento de deudas públicas
- Régimen especial para microempresas
El proceso de adopción de un plan de reestructuración puede iniciarse en el momento en que exista una probabilidad de insolvencia, es decir, cuando el deudor prevé que no podrá cumplir con sus obligaciones en los próximos dos años. Esta probabilidad de insolvencia debe ser fundamentada y respaldada por informes financieros y análisis de la situación económica de la empresa.
Los planes de reestructuración afectan a todo tipo de acreedores y créditos, y todos los acreedores tienen derecho a participar en la aprobación y votación del plan, agrupados por clases de créditos. Esto garantiza que todas las partes interesadas tengan la oportunidad de expresar su opinión y tomar decisiones sobre el futuro de la empresa.
La Ley introduce la figura del experto en reestructuraciones, que puede ser designado para asistir a la sociedad deudora y a los acreedores durante todo el proceso, facilitando la negociación entre las partes. Este experto en reestructuraciones debe ser una persona con conocimientos especializados en derecho concursal y experiencia en la gestión de situaciones de insolvencia.
La homologación judicial del plan no siempre es necesaria, pero sí lo es si se pretende proteger frente a acciones rescisorias y si se quieren extender los efectos del plan a acreedores o clases de acreedores disidentes, a socios que no lo hayan aprobado o en caso de que se quieran resolver determinados contratos. La homologación judicial garantiza la validez y legalidad del plan de reestructuración.
Por primera vez, se permite que los acreedores puedan imponer un plan de reestructuración a los socios, incluso en casos de insolvencia actual o inminente, donde el plan puede ser homologado en contra de los socios. Esto busca proteger los intereses de los acreedores y asegurar la viabilidad de la empresa en situaciones de crisis financiera.
En cuanto a las deudas con la administración, los créditos públicos no pueden condonarse ni aplazarse más allá de 18 meses, con excepciones para microempresas. Además, el deudor debe estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. Estos límites buscan garantizar la equidad y el cumplimiento de las obligaciones fiscales y sociales.
Las microempresas, definidas como aquellas con un activo inferior a 700.000 €, un pasivo menor a 350.000 € y un máximo de 10 trabajadores, pueden acogerse a un mecanismo especial llamado plan de continuación a partir del 1 de enero de 2023, que ofrece particularidades respecto a los planes de reestructuración. Este régimen especial busca facilitar la reestructuración de las microempresas y promover su supervivencia en situaciones de dificultades financieras.
Contenido de un plan de reestructuración
El contenido de un plan de reestructuración puede variar dependiendo de la situación y necesidades de la empresa, pero generalmente incluye los siguientes aspectos:
1. Diagnóstico de la situación financiera
En esta sección se realiza un análisis detallado de la situación financiera de la empresa, incluyendo el estado de sus activos, pasivos y fondos propios, así como una evaluación de su capacidad de pago y solvencia. Se deben identificar las causas de la insolvencia o dificultades financieras y establecer las bases para la reestructuración.
2. Medidas de reestructuración propuestas
En esta sección se detallan las medidas específicas que se proponen para reestructurar la empresa, como quitas, esperas, capitalizaciones de deuda, daciones en pago, modificaciones o extinciones de garantías, resolución de contratos y venta de unidades productivas en funcionamiento. Estas medidas deben ser realistas y viables, y deben tener en cuenta los intereses de los acreedores y la viabilidad futura de la empresa.
3. Plan de viabilidad
En esta sección se presenta un plan detallado para garantizar la viabilidad futura de la empresa, incluyendo proyecciones financieras, estrategias de negocio y medidas para mejorar la rentabilidad y la eficiencia operativa. Este plan debe ser realista y basado en un análisis exhaustivo de la situación de la empresa y del mercado en el que opera.
4. Tratamiento de los acreedores
En esta sección se establece cómo se tratarán los diferentes tipos de acreedores, agrupados por clases de créditos, y se detallan las condiciones y plazos para el pago de las deudas. Se deben establecer las quitas, esperas o condiciones de pago especiales para cada clase de acreedores, teniendo en cuenta su importancia y su capacidad de recuperación.
5. Información sobre la empresa y su actividad
En esta sección se proporciona información detallada sobre la empresa, su estructura organizativa, su actividad económica y su posición en el mercado. Se deben incluir datos relevantes sobre la empresa, como su historia, su tamaño, su mercado objetivo y su ventaja competitiva.
6. Información sobre los socios y accionistas
En esta sección se proporciona información sobre los socios y accionistas de la empresa, incluyendo su participación en el capital social y su implicación en la gestión de la empresa. Se deben identificar los socios y accionistas relevantes y su relación con la empresa.
7. Información sobre el experto en reestructuraciones
En esta sección se proporciona información sobre el experto en reestructuraciones designado para asistir a la empresa y a los acreedores durante el proceso de reestructuración. Se deben incluir los datos de contacto del experto y su experiencia en situaciones de insolvencia y reestructuración.
8. Información sobre las deudas con la administración
En esta sección se detalla la situación de las deudas de la empresa con la administración, incluyendo los créditos públicos y las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. Se deben incluir los importes de las deudas, los plazos de pago y cualquier acuerdo especial alcanzado con la administración.
9. Información sobre el régimen especial para microempresas
En esta sección se proporciona información sobre las particularidades del régimen especial para microempresas y cómo pueden acogerse a él. Se deben explicar los requisitos y beneficios del régimen especial y cómo se aplicarán en el caso concreto de la empresa.
Conclusión
Los criterios para la formación de planes de reestructuración incluyen la existencia de una probabilidad de insolvencia, la participación de todos los acreedores en la aprobación y votación del plan, la posibilidad de designar a un experto en reestructuraciones, la homologación judicial en determinados casos, la imposición del plan a los socios en casos de insolvencia, la limitación de condonación y aplazamiento de deudas públicas, y la existencia de un régimen especial para microempresas. El contenido de un plan de reestructuración debe incluir un diagnóstico de la situación financiera, medidas de reestructuración propuestas, un plan de viabilidad, el tratamiento de los acreedores, información sobre la empresa y su actividad, información sobre los socios y accionistas, información sobre el experto en reestructuraciones, información sobre las deudas con la administración y información sobre el régimen especial para microempresas.
Preguntas Frecuentes|FAQ
1. ¿Cuándo se puede iniciar un plan de reestructuración?
Un plan de reestructuración puede iniciarse cuando exista una probabilidad de insolvencia, es decir, cuando el deudor prevé que no podrá cumplir con sus obligaciones en los próximos dos años.
2. ¿Quiénes participan en la aprobación y votación del plan de reestructuración?
Todos los acreedores tienen derecho a participar en la aprobación y votación del plan de reestructuración, agrupados por clases de créditos.
3. ¿Qué papel juega el experto en reestructuraciones en el proceso?
El experto en reestructuraciones puede ser designado para asistir a la sociedad deudora y a los acreedores durante todo el proceso, facilitando la negociación entre las partes.
4. ¿Cuándo es necesaria la homologación judicial del plan de reestructuración?
La homologación judicial del plan es necesaria si se pretende proteger frente a acciones rescisorias y si se quieren extender los efectos del plan a acreedores o clases de acreedores disidentes, a socios que no lo hayan aprobado o en caso de que se quieran resolver determinados contratos.
5. ¿Se pueden imponer planes de reestructuración a los socios en casos de insolvencia?
Sí, por primera vez se permite que los acreedores puedan imponer un plan de reestructuración a los socios, incluso en casos de insolvencia actual o inminente, donde el plan puede ser homologado en contra de los socios.
6. ¿Cuáles son los límites en la condonación y aplazamiento de deudas públicas?
Los créditos públicos no pueden condonarse ni aplazarse más allá de 18 meses, con excepciones para microempresas. Además, el deudor debe estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
7. ¿Qué particularidades tiene el régimen especial para microempresas?
Las microempresas pueden acogerse a un mecanismo especial llamado plan de continuación, que ofrece particularidades respecto a los planes de reestructuración, a partir del 1 de enero de 2023.
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