delito continuado
El delito continuado es la comisión de varios delitos de la misma naturaleza en un mismo período de tiempo, considerados como un único delito. La pena aplicable es la del delito más grave, pero se impone en su mitad superior. Se requiere dolo unitario, pluralidad de hechos, mismo modo de actuación, mismo sujeto activo y tiempo de comisión. Regulado en el artículo 74 del Código Penal, con excepciones en ofensas a bienes personales, excepto libertad sexual y honor.
Leer Completo