Incapacidad Permanente

Vamos a hablar sobre las enfermedades que pueden dar derecho a pensión por incapacidad permanente en España. La incapacidad permanente es una prestación económica que se otorga a los trabajadores que han perdido su capacidad laboral debido a una enfermedad o accidente. Existen diferentes grados de incapacidad permanente y cada uno tiene sus propios requisitos y beneficios.

Índice de Contenido
  1. Grados de incapacidad permanente
    1. Incapacidad permanente parcial para la profesión habitual
    2. Incapacidad permanente total para la profesión habitual
    3. Incapacidad permanente absoluta para todo trabajo
    4. Gran invalidez
  2. Requisitos para acceder a la pensión por incapacidad permanente
    1. Requisitos generales
    2. Requisitos específicos para cada grado de incapacidad
  3. Cuantía de la pensión por incapacidad permanente
  4. Compatibilidades e incompatibilidades
  5. Trámite de solicitud de la pensión por incapacidad permanente
  6. Suspensión y extinción de la pensión por incapacidad permanente
  7. Conclusión
  8. Preguntas Frecuentes|FAQ
    1. 1. ¿Qué es la incapacidad permanente?
    2. 2. ¿Cuáles son los grados de incapacidad permanente?
    3. 3. ¿Cuáles son los requisitos para acceder a la pensión por incapacidad permanente?
    4. 4. ¿Cómo se determina la cuantía de la pensión por incapacidad permanente?
    5. 5. ¿Cuáles son las compatibilidades e incompatibilidades de la pensión por incapacidad permanente?
    6. 6. ¿Cómo se realiza el trámite de solicitud de la pensión por incapacidad permanente?
    7. 7. ¿En qué casos se puede suspender o extinguir la pensión por incapacidad permanente?
    8. 8. ¿Cuál es la conclusión sobre la pensión por incapacidad permanente?

Grados de incapacidad permanente

Incapacidad permanente parcial para la profesión habitual

La incapacidad permanente parcial para la profesión habitual se concede cuando el trabajador ha sufrido una disminución de al menos el 33% en su capacidad laboral, pero puede seguir desempeñando su profesión habitual. En este caso, el trabajador puede recibir una pensión que corresponde a un porcentaje de su base reguladora.

Incapacidad permanente total para la profesión habitual

La incapacidad permanente total para la profesión habitual se concede cuando el trabajador ha sufrido una disminución de al menos el 33% en su capacidad laboral y no puede desempeñar su profesión habitual. En este caso, el trabajador puede recibir una pensión que corresponde a un porcentaje de su base reguladora.

Incapacidad permanente absoluta para todo trabajo

La incapacidad permanente absoluta para todo trabajo se concede cuando el trabajador ha sufrido una disminución de al menos el 65% en su capacidad laboral y no puede desempeñar ningún tipo de trabajo. En este caso, el trabajador puede recibir una pensión que corresponde a un porcentaje de su base reguladora.

Gran invalidez

La gran invalidez se concede cuando el trabajador ha sufrido una disminución de al menos el 75% en su capacidad laboral, necesita la asistencia de otra persona para realizar las actividades básicas de la vida diaria y no puede desempeñar ningún tipo de trabajo. En este caso, el trabajador puede recibir una pensión que corresponde a un porcentaje de su base reguladora, además de una prestación adicional para la asistencia de otra persona.

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Requisitos para acceder a la pensión por incapacidad permanente

Para acceder a la pensión por incapacidad permanente, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

Requisitos generales

    • Estar afiliado y en alta en algún régimen de la Seguridad Social.
    • Haber cotizado al menos 1.800 días en los últimos 10 años antes de la fecha de la incapacidad, o 15 años a lo largo de toda la vida laboral.

Requisitos específicos para cada grado de incapacidad

    • Para la incapacidad permanente parcial, no se exigen requisitos adicionales.
    • Para la incapacidad permanente total, se exige haber perdido al menos el 33% de la capacidad laboral y no poder desempeñar la profesión habitual.
    • Para la incapacidad permanente absoluta, se exige haber perdido al menos el 65% de la capacidad laboral y no poder desempeñar ningún tipo de trabajo.
    • Para la gran invalidez, se exige haber perdido al menos el 75% de la capacidad laboral, necesitar asistencia de otra persona y no poder desempeñar ningún tipo de trabajo.

Cuantía de la pensión por incapacidad permanente

La cuantía de la pensión por incapacidad permanente está determinada por la base reguladora y el porcentaje que se aplica según el grado de incapacidad reconocido. La base reguladora es el promedio de las bases de cotización del trabajador en los últimos años. El porcentaje que se aplica varía según el grado de incapacidad:

    • Incapacidad permanente parcial: se aplica un porcentaje que oscila entre el 24% y el 75% de la base reguladora.
    • Incapacidad permanente total: se aplica un porcentaje que oscila entre el 55% y el 75% de la base reguladora.
    • Incapacidad permanente absoluta: se aplica un porcentaje del 100% de la base reguladora.
    • Gran invalidez: se aplica un porcentaje del 100% de la base reguladora, más una prestación adicional para la asistencia de otra persona.

Además, la pensión se paga en 14 o 12 mensualidades, dependiendo de si la incapacidad deriva de una enfermedad común o accidente no laboral, o de un accidente de trabajo o enfermedad profesional. La pensión se revaloriza anualmente y está sujeta al impuesto sobre la renta de las personas físicas.

Compatibilidades e incompatibilidades

Las compatibilidades e incompatibilidades de la pensión por incapacidad permanente varían según el grado de incapacidad:

    • Incapacidad permanente parcial: es compatible con cualquier trabajo, incluido el que se venía desarrollando.
    • Incapacidad permanente total: es compatible con cualquier trabajo, excepto el desempeño del mismo puesto en la empresa.
    • Incapacidad permanente absoluta: permite realizar actividades compatibles con el estado del beneficiario, pero a partir de la edad de acceso a la jubilación, es incompatible con el trabajo por cuenta propia o ajena.
    • Gran invalidez: permite realizar actividades compatibles con el estado del beneficiario, pero a partir de la edad de acceso a la jubilación, es incompatible con el trabajo por cuenta propia o ajena.

Trámite de solicitud de la pensión por incapacidad permanente

El trámite de solicitud de la pensión por incapacidad permanente se realiza en la dirección provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o del Instituto Social de la Marina (ISM), dependiendo del régimen al que esté afiliado el trabajador. Es necesario presentar la documentación requerida en el modelo de solicitud correspondiente.

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La resolución de la solicitud debe ser emitida en un plazo máximo de 135 días, y en caso de no recibir respuesta en ese plazo, se considera desestimada por silencio administrativo negativo.

Suspensión y extinción de la pensión por incapacidad permanente

La pensión por incapacidad permanente puede ser suspendida o extinguida en los siguientes casos:

    • Revisión de la incapacidad declarada: la pensión puede ser revisada periódicamente para evaluar si ha habido cambios en la capacidad laboral del beneficiario.
    • Reconocimiento de la pensión de jubilación: cuando el beneficiario alcanza la edad de acceso a la jubilación, la pensión por incapacidad permanente se sustituye por la pensión de jubilación.
    • Fallecimiento del beneficiario: en caso de fallecimiento del beneficiario, la pensión se extingue y puede ser sustituida por una pensión de viudedad u otra prestación para los familiares dependientes.

Conclusión

Las enfermedades que pueden dar derecho a pensión por incapacidad permanente son aquellas que ocasionan una disminución en la capacidad laboral del trabajador. Los beneficiarios de esta prestación son las personas incluidas en cualquier régimen de la Seguridad Social que cumplan con los requisitos exigidos para cada grado de incapacidad. La cuantía de la pensión varía según el grado de incapacidad y se paga en 14 o 12 mensualidades. La pensión puede ser compatible con ciertos trabajos, dependiendo del grado de incapacidad, y se tramita en la dirección provincial del INSS o del ISM.

Preguntas Frecuentes|FAQ

1. ¿Qué es la incapacidad permanente?

La incapacidad permanente es una prestación económica que se otorga a los trabajadores que han perdido su capacidad laboral debido a una enfermedad o accidente. Existen diferentes grados de incapacidad permanente y cada uno tiene sus propios requisitos y beneficios.

2. ¿Cuáles son los grados de incapacidad permanente?

Los grados de incapacidad permanente son: parcial para la profesión habitual, total para la profesión habitual, absoluta para todo trabajo y gran invalidez. Cada grado tiene sus propios requisitos y beneficios.

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3. ¿Cuáles son los requisitos para acceder a la pensión por incapacidad permanente?

Para acceder a la pensión por incapacidad permanente, es necesario cumplir con requisitos generales como estar afiliado y en alta en algún régimen de la Seguridad Social, y haber cotizado un mínimo de días en los últimos 10 años o a lo largo de toda la vida laboral. Además, cada grado de incapacidad tiene requisitos específicos.

4. ¿Cómo se determina la cuantía de la pensión por incapacidad permanente?

La cuantía de la pensión por incapacidad permanente está determinada por la base reguladora y el porcentaje que se aplica según el grado de incapacidad reconocido. La base reguladora es el promedio de las bases de cotización del trabajador en los últimos años.

5. ¿Cuáles son las compatibilidades e incompatibilidades de la pensión por incapacidad permanente?

Las compatibilidades e incompatibilidades de la pensión por incapacidad permanente varían según el grado de incapacidad. En general, la incapacidad permanente parcial es compatible con cualquier trabajo, la incapacidad permanente total es compatible con cualquier trabajo excepto el mismo puesto en la empresa, y la incapacidad permanente absoluta y la gran invalidez son incompatibles con el trabajo por cuenta propia o ajena a partir de la edad de acceso a la jubilación.

6. ¿Cómo se realiza el trámite de solicitud de la pensión por incapacidad permanente?

El trámite de solicitud de la pensión por incapacidad permanente se realiza en la dirección provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o del Instituto Social de la Marina (ISM), dependiendo del régimen al que esté afiliado el trabajador. Es necesario presentar la documentación requerida en el modelo de solicitud correspondiente.

7. ¿En qué casos se puede suspender o extinguir la pensión por incapacidad permanente?

La pensión por incapacidad permanente puede ser suspendida o extinguida en casos como la revisión de la incapacidad declarada, el reconocimiento de la pensión de jubilación o el fallecimiento del beneficiario. En cada caso, se evalúa la situación y se toma una decisión sobre la continuidad de la pensión.

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8. ¿Cuál es la conclusión sobre la pensión por incapacidad permanente?

La pensión por incapacidad permanente es una prestación económica que se otorga a los trabajadores que han perdido su capacidad laboral debido a una enfermedad o accidente. Los beneficiarios deben cumplir con requisitos específicos para cada grado de incapacidad y la cuantía de la pensión varía según el grado. El trámite de solicitud se realiza en la dirección provincial del INSS o del ISM, y la pensión puede ser suspendida o extinguida en ciertos casos.

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