principio de igualdad
La Ley Orgánica sobre igualdad efectiva entre mujeres y hombres establece medidas para promover la igualdad real y efectiva en todos los ámbitos de la sociedad. Reconoce el derecho a la igualdad y a la no discriminación por razón de sexo, y establece la obligación de los poderes públicos de promover condiciones para que la igualdad sea real y efectiva. La ley se basa en el principio de transversalidad de la igualdad, que implica que el principio de igualdad debe integrarse en todas las políticas y acciones de los poderes públicos. La ley incorpora directivas de la Unión Europea en materia de igualdad de trato entre hombres y mujeres en el acceso al empleo, la formación y la promoción profesional, así como en el acceso a bienes y servicios. La ley establece medidas para combatir la discriminación por razón de sexo y promover la igualdad real, como la adopción de acciones positivas y la eliminación de obstáculos y estereotipos sociales. Se establecen criterios de actuación para los poderes públicos, se promueve la igualdad en políticas como la educativa, la sanitaria, la artística y cultural, la de la sociedad de la información, la de desarrollo rural y la de vivienda, deporte, cultura, ordenación del territorio y cooperación internacional para el desarrollo. Se establecen instrumentos como un Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades, una Comisión Interministerial de Igualdad, informes de impacto de género y evaluaciones periódicas sobre la efectividad del principio de igualdad. La ley también establece medidas para promover la igualdad en las empresas privadas, como la contratación y las subvenciones públicas, y en los consejos de administración. En el ámbito laboral, se establecen medidas para garantizar la igualdad en el acceso al empleo, la formación y la promoción profesional, así como en las condiciones de trabajo. Se reconoce el derecho a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, se fomenta la corresponsabilidad en las obligaciones familiares y se establece el deber de negociar planes de igualdad en las empresas de más de 250 trabajadores. Se establecen medidas específicas para los procesos de selección y la provisión de puestos de trabajo en la Administración General del Estado, así como en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y las Fuerzas Armadas. En el ámbito de la participación política, se establece el principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres en órganos y cargos de responsabilidad, y se introducen modificaciones en la normativa electoral para garantizar una representación equilibrada. La ley se estructura en un título preliminar, ocho títulos, treinta y una disposiciones adicionales, once disposiciones transitorias, una disposición derogatoria y ocho disposiciones finales. Establece el objeto y el ámbito de aplicación de la ley, define los conceptos y categorías jurídicas básicas relacionadas con la igualdad, establece las consecuencias jurídicas de las conductas discriminatorias y garantiza la protección judicial del derecho de igualdad. Establece pautas generales de actuación de los poderes públicos, define el principio de transversalidad, establece instrumentos para su integración en la elaboración, ejecución y aplicación de las normas, y promueve la presencia equilibrada de mujeres y hombres en las listas electorales y los nombramientos realizados por los poderes públicos. Establece criterios de orientación de las políticas públicas en materia de educación, cultura, sanidad, sociedad de la información, desarrollo rural y vivienda, deporte, cultura, ordenación del territorio y cooperación internacional para el desarrollo. Establece medidas de fomento de la igualdad en los medios de comunicación social, regula el derecho al trabajo en igualdad de oportunidades, establece medidas de igualdad en el empleo público, en las Fuerzas Armadas y en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, y garantiza la igualdad de trato en el acceso a bienes y servicios. Promueve la realización voluntaria de acciones de responsabilidad social por parte de las empresas en materia de igualdad, establece disposiciones organizativas y crea una Comisión Interministerial de Igualdad y un Consejo de participación de la mujer.
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