¿Cuál es la diferencia entre acta de notoriedad y expediente de dominio? Descubre las claves

La diferencia entre el acta de notoriedad y el expediente de dominio radica en su finalidad y procedimiento. El acta de notoriedad constata hechos notorios sin correspondencia documental, pero ya no se utiliza con fines de registro inmobiliario. Por otro lado, el expediente de dominio se utiliza para concordar la realidad jurídica con las inscripciones registrales y se tramita ante el notario, con la intervención del registrador de la propiedad. La Ley 13/2015 introdujo modificaciones en el sistema, suprimiendo el acta de notoriedad con fines registrales y ampliando la regulación del expediente de dominio.

La diferencia entre el acta de notoriedad y el expediente de dominio radica en su finalidad y procedimiento. El acta de notoriedad constata hechos notorios sin correspondencia documental, mientras que el expediente de dominio concuerda la realidad jurídica con las inscripciones registrales. El acta de notoriedad ha perdido utilidad en el ámbito inmobiliario y se ha sustituido por el acta de manifestaciones. El expediente de dominio se tramita ante el notario con la intervención del registrador de la propiedad.

Índice de Contenido
  1. Acta de notoriedad
    1. ¿Qué es el acta de notoriedad?
    2. Finalidad del acta de notoriedad
  2. Expediente de dominio
    1. ¿Qué es el expediente de dominio?
    2. Finalidad del expediente de dominio
  3. Cambios introducidos por la Ley 13/2015
    1. Eliminación del acta de notoriedad con fines registrales
    2. Ampliación de la regulación del expediente de dominio
  4. Conclusiones
  5. Preguntas Frecuentes
    1. ¿Cuál es la diferencia entre el acta de notoriedad y el expediente de dominio?
    2. ¿Qué es el acta de notoriedad?
    3. ¿Cuál era la finalidad del acta de notoriedad?
    4. ¿Qué es el expediente de dominio?
    5. ¿Cuál es la finalidad del expediente de dominio?
    6. ¿Qué cambios introdujo la Ley 13/2015 en relación al acta de notoriedad y el expediente de dominio?
    7. ¿Se eliminó el acta de notoriedad con fines registrales?
    8. ¿Se amplió la regulación del expediente de dominio?
    9. ¿Cuál es la conclusión sobre la diferencia entre el acta de notoriedad y el expediente de dominio?

Acta de notoriedad

¿Qué es el acta de notoriedad?

El acta de notoriedad es un documento notarial utilizado para constatar hechos notorios que no pueden ser probados legalmente debido a la falta de correspondencia documental. Anteriormente, se utilizaba para reanudar el tracto sucesivo registral y otros procedimientos inmobiliarios. Sin embargo, en la legislación actual, ha perdido su utilidad en el ámbito inmobiliario y registral y ha sido reemplazada por el acta de manifestaciones o acta de referencia.

Finalidad del acta de notoriedad

El acta de notoriedad tenía como finalidad principal reanudar el tracto sucesivo registral, es decir, establecer la continuidad de la cadena de titularidad de una finca en el registro de la propiedad. Sin embargo, con los cambios introducidos por la Ley 13/2015, esta finalidad ha sido sustituida por otros procedimientos notariales y registrales.

Expediente de dominio

¿Qué es el expediente de dominio?

El expediente de dominio es un procedimiento notarial que tiene como objetivo concordar la realidad jurídica con las inscripciones que constan en el registro de la propiedad. Se utiliza para inscribir una finca que no estaba previamente inscrita en el registro, para modificar su cabida o para reanudar el tracto sucesivo. Anteriormente, este procedimiento se realizaba ante el juez, pero en la legislación actual se tramita ante el notario, con la intervención del registrador de la propiedad.

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Finalidad del expediente de dominio

El expediente de dominio tiene como finalidad principal regularizar la situación registral de una finca, asegurando que la realidad jurídica se corresponda con las inscripciones registrales. Esto es especialmente útil en casos donde una finca no ha sido inscrita previamente en el registro de la propiedad o cuando se requiere una modificación en la cabida de la finca. Además, también se utiliza para reanudar el tracto sucesivo, es decir, establecer la continuidad de la cadena de titularidad de una finca en el registro de la propiedad.

Cambios introducidos por la Ley 13/2015

La Ley 13/2015 de Reforma de la Ley Hipotecaria introdujo modificaciones significativas en el sistema anterior. Estos cambios tienen un impacto directo en la utilización del acta de notoriedad y el expediente de dominio.

Eliminación del acta de notoriedad con fines registrales

Con la entrada en vigor de la Ley 13/2015, se eliminó la utilización del acta de notoriedad con fines registrales. Esto significa que ya no se puede utilizar el acta de notoriedad para reanudar el tracto sucesivo registral u otros procedimientos inmobiliarios. En su lugar, se han introducido otros procedimientos notariales, como el acta de manifestaciones o el acta de referencia, que cumplen funciones similares.

Ampliación de la regulación del expediente de dominio

La Ley 13/2015 también amplió la regulación del expediente de dominio, potenciando su utilización en el ámbito inmobiliario y registral. Este cambio ha llevado a que el expediente de dominio se convierta en el procedimiento principal para regularizar la situación registral de una finca, inscribir fincas no inscritas previamente, modificar la cabida de una finca y reanudar el tracto sucesivo.

Conclusiones

La diferencia principal entre el acta de notoriedad y el expediente de dominio radica en su finalidad y en el procedimiento utilizado. Mientras que el acta de notoriedad se utiliza para constatar hechos notorios sin correspondencia documental, el expediente de dominio se utiliza para hacer concordar la realidad jurídica con las inscripciones registrales. Con los cambios introducidos por la Ley 13/2015, el acta de notoriedad ha perdido su utilidad en el ámbito inmobiliario y registral, siendo reemplazada por otros procedimientos notariales. Por otro lado, el expediente de dominio se ha convertido en el procedimiento principal para regularizar la situación registral de una finca en España.

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Preguntas Frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre el acta de notoriedad y el expediente de dominio?

La diferencia principal entre el acta de notoriedad y el expediente de dominio radica en su finalidad y en el procedimiento utilizado. Mientras que el acta de notoriedad se utiliza para constatar hechos notorios sin correspondencia documental, el expediente de dominio se utiliza para hacer concordar la realidad jurídica con las inscripciones registrales.

¿Qué es el acta de notoriedad?

El acta de notoriedad es un documento notarial utilizado para constatar hechos notorios que no pueden ser probados legalmente debido a la falta de correspondencia documental. Anteriormente, se utilizaba para reanudar el tracto sucesivo registral y otros procedimientos inmobiliarios. Sin embargo, en la legislación actual, ha perdido su utilidad en el ámbito inmobiliario y registral y ha sido reemplazada por el acta de manifestaciones o acta de referencia.

¿Cuál era la finalidad del acta de notoriedad?

El acta de notoriedad tenía como finalidad principal reanudar el tracto sucesivo registral, es decir, establecer la continuidad de la cadena de titularidad de una finca en el registro de la propiedad. Sin embargo, con los cambios introducidos por la Ley 13/2015, esta finalidad ha sido sustituida por otros procedimientos notariales y registrales.

¿Qué es el expediente de dominio?

El expediente de dominio es un procedimiento notarial que tiene como objetivo concordar la realidad jurídica con las inscripciones que constan en el registro de la propiedad. Se utiliza para inscribir una finca que no estaba previamente inscrita en el registro, para modificar su cabida o para reanudar el tracto sucesivo. Anteriormente, este procedimiento se realizaba ante el juez, pero en la legislación actual se tramita ante el notario, con la intervención del registrador de la propiedad.

¿Cuál es la finalidad del expediente de dominio?

El expediente de dominio tiene como finalidad principal regularizar la situación registral de una finca, asegurando que la realidad jurídica se corresponda con las inscripciones registrales. Esto es especialmente útil en casos donde una finca no ha sido inscrita previamente en el registro de la propiedad o cuando se requiere una modificación en la cabida de la finca. Además, también se utiliza para reanudar el tracto sucesivo, es decir, establecer la continuidad de la cadena de titularidad de una finca en el registro de la propiedad.

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¿Qué cambios introdujo la Ley 13/2015 en relación al acta de notoriedad y el expediente de dominio?

La Ley 13/2015 de Reforma de la Ley Hipotecaria introdujo modificaciones significativas en el sistema anterior. Estos cambios tienen un impacto directo en la utilización del acta de notoriedad y el expediente de dominio.

¿Se eliminó el acta de notoriedad con fines registrales?

Con la entrada en vigor de la Ley 13/2015, se eliminó la utilización del acta de notoriedad con fines registrales. Esto significa que ya no se puede utilizar el acta de notoriedad para reanudar el tracto sucesivo registral u otros procedimientos inmobiliarios. En su lugar, se han introducido otros procedimientos notariales, como el acta de manifestaciones o el acta de referencia, que cumplen funciones similares.

¿Se amplió la regulación del expediente de dominio?

La Ley 13/2015 también amplió la regulación del expediente de dominio, potenciando su utilización en el ámbito inmobiliario y registral. Este cambio ha llevado a que el expediente de dominio se convierta en el procedimiento principal para regularizar la situación registral de una finca, inscribir fincas no inscritas previamente, modificar la cabida de una finca y reanudar el tracto sucesivo.

¿Cuál es la conclusión sobre la diferencia entre el acta de notoriedad y el expediente de dominio?

La diferencia principal entre el acta de notoriedad y el expediente de dominio radica en su finalidad y en el procedimiento utilizado. Mientras que el acta de notoriedad se utiliza para constatar hechos notorios sin correspondencia documental, el expediente de dominio se utiliza para hacer concordar la realidad jurídica con las inscripciones registrales. Con los cambios introducidos por la Ley 13/2015, el acta de notoriedad ha perdido su utilidad en el ámbito inmobiliario y registral, siendo reemplazada por otros procedimientos notariales. Por otro lado, el expediente de dominio se ha convertido en el procedimiento principal para regularizar la situación registral de una finca en España.

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