Auxilio Por Defuncion

El auxilio por defunción es una ayuda económica destinada a cubrir los gastos del sepelio de una persona fallecida en España. Se detallarán los requisitos necesarios para solicitar este auxilio, así como los beneficiarios, la cuantía de la prestación, los plazos de solicitud y resolución, los documentos requeridos y la entidad competente para el reconocimiento del derecho a la prestación.

Índice de Contenido
  1. Requisitos para solicitar el auxilio por defunción
    1. Estar en alta o en situación asimilada al alta en la Seguridad Social
    2. Percibir ciertos subsidios o ser pensionista de incapacidad permanente o jubilación del nivel contributivo
    3. Beneficiarios del auxilio por defunción
    4. Cuantía del auxilio por defunción
    5. Plazos de solicitud y resolución
    6. Documentos requeridos
    7. Entidad competente para el reconocimiento del derecho a la prestación
  2. Conclusión
  3. Preguntas Frecuentes|FAQ
    1. 1. ¿Quiénes pueden ser beneficiarios del auxilio por defunción?
    2. 2. ¿Cuáles son los requisitos para solicitar el auxilio por defunción?
    3. 3. ¿Cuál es la cuantía del auxilio por defunción?
    4. 4. ¿Cuáles son los plazos para solicitar y resolver el auxilio por defunción?
    5. 5. ¿Qué documentos se requieren para solicitar el auxilio por defunción?
    6. 6. ¿Cuál es la entidad competente para el reconocimiento del derecho a la prestación?

Requisitos para solicitar el auxilio por defunción

Para poder solicitar el auxilio por defunción, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

Estar en alta o en situación asimilada al alta en la Seguridad Social

Para ser beneficiario del auxilio por defunción, es necesario encontrarse en alta o en situación asimilada al alta en la Seguridad Social. Esto significa que se debe estar trabajando de forma regular y cotizando a la Seguridad Social, o estar percibiendo algún tipo de subsidio o pensión de la Seguridad Social.

Percibir ciertos subsidios o ser pensionista de incapacidad permanente o jubilación del nivel contributivo

Además de estar en alta o en situación asimilada al alta en la Seguridad Social, también se puede ser beneficiario del auxilio por defunción si se está percibiendo alguno de los siguientes subsidios o se es pensionista de incapacidad permanente o jubilación del nivel contributivo:

    • Subsidio de incapacidad temporal
    • Subsidio de riesgo durante el embarazo
    • Subsidio de riesgo durante la lactancia
    • Subsidio de maternidad
    • Subsidio de paternidad

Beneficiarios del auxilio por defunción

Los beneficiarios de esta prestación son aquellos que hayan pagado los gastos del sepelio de la persona fallecida. Pueden ser:

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    • Cónyuge
    • Sobreviviente de una pareja de hecho
    • Hijos del fallecido que hayan convivido con él habitualmente
    • Familiares que hayan convivido con el fallecido

Cuantía del auxilio por defunción

La cuantía de esta prestación es de 46,50 euros.

Plazos de solicitud y resolución

En cuanto a los plazos, la solicitud de auxilio por defunción debe presentarse en un plazo de 5 años desde la fecha del fallecimiento. La resolución del expediente debe realizarse en un plazo máximo de 90 días desde la fecha de presentación de la solicitud, aunque actualmente el plazo medio es de 13 días.

Documentos requeridos

Para solicitar el auxilio por defunción, es necesario completar el formulario de solicitud correspondiente, que se puede obtener en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social y en las direcciones provinciales o locales del Instituto Social de la Marina para los trabajadores del mar. Además del formulario, se deben adjuntar los documentos que se detallan en el modelo de solicitud.

Entidad competente para el reconocimiento del derecho a la prestación

La entidad competente para el reconocimiento del derecho a la prestación es el Instituto Nacional de la Seguridad Social o el Instituto Social de la Marina, en el caso de los trabajadores del mar. En el caso de que la muerte sea debida a un accidente de trabajo, la entidad competente será la Mutua Colaboradora con la Seguridad Social.

Conclusión

Los requisitos para solicitar el auxilio por defunción en España son: estar en alta o en situación asimilada al alta en la Seguridad Social, o percibir ciertos subsidios o ser pensionista de incapacidad permanente o jubilación del nivel contributivo. Los beneficiarios de esta prestación son aquellos que hayan pagado los gastos del sepelio, como el cónyuge, el sobreviviente de una pareja de hecho, los hijos del fallecido que hayan convivido con él habitualmente, o los familiares que hayan convivido con el fallecido. La cuantía de la prestación es de 46,50 euros. La solicitud debe presentarse en un plazo de 5 años desde la fecha del fallecimiento, y la resolución del expediente debe realizarse en un plazo máximo de 90 días. Los formularios de solicitud se pueden obtener en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social y en las direcciones provinciales o locales del Instituto Social de la Marina, y se deben adjuntar los documentos requeridos. La entidad competente para el reconocimiento del derecho a la prestación es el Instituto Nacional de la Seguridad Social o el Instituto Social de la Marina, en el caso de los trabajadores del mar, y en el caso de muerte por accidente de trabajo, la entidad competente será la Mutua Colaboradora con la Seguridad Social.

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Preguntas Frecuentes|FAQ

1. ¿Quiénes pueden ser beneficiarios del auxilio por defunción?

Los beneficiarios de esta prestación son aquellos que hayan pagado los gastos del sepelio, como el cónyuge, el sobreviviente de una pareja de hecho, los hijos del fallecido que hayan convivido con él habitualmente, o los familiares que hayan convivido con el fallecido.

2. ¿Cuáles son los requisitos para solicitar el auxilio por defunción?

Para poder solicitar el auxilio por defunción, es necesario encontrarse en alta o en situación asimilada al alta en la Seguridad Social, o estar percibiendo subsidio de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia, maternidad o paternidad, o ser pensionista de incapacidad permanente o jubilación del nivel contributivo.

3. ¿Cuál es la cuantía del auxilio por defunción?

La cuantía de esta prestación es de 46,50 euros.

4. ¿Cuáles son los plazos para solicitar y resolver el auxilio por defunción?

La solicitud de auxilio por defunción debe presentarse en un plazo de 5 años desde la fecha del fallecimiento. La resolución del expediente debe realizarse en un plazo máximo de 90 días desde la fecha de presentación de la solicitud, aunque actualmente el plazo medio es de 13 días.

5. ¿Qué documentos se requieren para solicitar el auxilio por defunción?

Para solicitar el auxilio por defunción, es necesario completar el formulario de solicitud correspondiente y adjuntar los documentos que se detallan en el modelo de solicitud.

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6. ¿Cuál es la entidad competente para el reconocimiento del derecho a la prestación?

La entidad competente para el reconocimiento del derecho a la prestación es el Instituto Nacional de la Seguridad Social o el Instituto Social de la Marina, en el caso de los trabajadores del mar. En el caso de que la muerte sea debida a un accidente de trabajo, la entidad competente será la Mutua Colaboradora con la Seguridad Social.

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