Dias De Asuntos Propios

En España, los días de asuntos propios son un tipo de permiso que permite a los trabajadores ausentarse del trabajo por motivos personales o familiares. A diferencia de las vacaciones o los días de enfermedad, los días de asuntos propios no están regulados de manera uniforme en el Estatuto de los Trabajadores. Exploraremos cuántos días de asuntos propios se tienen en España y quiénes tienen derecho a disfrutar de ellos.

Índice de Contenido
  1. ¿Cuántos días de asuntos propios se tienen en España?
    1. En el sector privado
    2. En el sector público
  2. ¿Son retribuidos los días de asuntos propios?
  3. Procedimiento para solicitar días de asuntos propios
    1. Comunicación a la empresa
    2. Posibilidad de denegación
    3. Consecuencias de la negativa injustificada
  4. Conclusiones
  5. Preguntas Frecuentes|FAQ
    1. ¿Cuántos días de asuntos propios se tienen en el sector privado?
    2. ¿Cuántos días de asuntos propios se tienen en el sector público?
    3. ¿Los días de asuntos propios son retribuidos?
    4. ¿Cuál es el procedimiento para solicitar días de asuntos propios?
    5. ¿Puede la empresa denegar los días de asuntos propios solicitados?
    6. ¿Cuáles son las consecuencias de la negativa injustificada de la empresa?

¿Cuántos días de asuntos propios se tienen en España?

En el sector privado

En el sector privado, el número de días de asuntos propios no está establecido de forma específica en el Estatuto de los Trabajadores. La cantidad de días de asuntos propios disponibles para los trabajadores del sector privado depende del convenio colectivo aplicable o de un acuerdo individual con el empleador.

En algunos convenios colectivos, se establece un número determinado de días de asuntos propios, que suele oscilar entre 2 y 5 días al año. Sin embargo, es importante tener en cuenta que estos convenios pueden variar según el sector de actividad y la empresa en particular. Por lo tanto, es necesario consultar el convenio colectivo correspondiente o el acuerdo individual para conocer el número exacto de días de asuntos propios a los que se tiene derecho.

En el sector público

En el caso de los funcionarios públicos, el Estatuto Básico de los Empleados Públicos (EBEP) establece que tienen derecho a 6 días al año de permiso por asuntos particulares. Sin embargo, es importante tener en cuenta que en el año 2020 se amplió a 7 días de asuntos particulares debido a la congelación del sueldo.

Es importante destacar que estos días de asuntos propios son independientes de las vacaciones y los días de enfermedad a los que también tienen derecho los funcionarios públicos. Además, los días de asuntos propios no son acumulables de un año a otro, por lo que si no se utilizan, se pierden al finalizar el año.

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¿Son retribuidos los días de asuntos propios?

En el sector privado, por lo general, los días de asuntos propios no son retribuidos y se descuentan del sueldo del trabajador. No obstante, es posible que en algunos convenios colectivos o acuerdos individuales se establezca lo contrario y se contemplen días de asuntos propios retribuidos.

En el sector público, los días de asuntos propios también suelen ser retribuidos, siguiendo las normas establecidas en el EBEP. Esto significa que los funcionarios públicos continúan recibiendo su salario normal durante los días de asuntos propios.

Procedimiento para solicitar días de asuntos propios

Comunicación a la empresa

Los trabajadores, tanto del sector privado como del sector público, deben comunicar a la empresa su intención de disfrutar de días de asuntos propios. El procedimiento para solicitar estos días puede variar según lo establecido en el convenio colectivo o en el contrato de trabajo.

En algunos casos, puede ser necesario presentar una solicitud por escrito con antelación, especificando la fecha o fechas en las que se desea disfrutar de los días de asuntos propios. En otros casos, puede ser suficiente con informar verbalmente al empleador.

Posibilidad de denegación

La empresa tiene la facultad de denegar los días de asuntos propios solicitados por el trabajador. Sin embargo, esta negativa debe estar debidamente justificada. En caso de que la empresa niegue injustificadamente los días de asuntos propios, el trabajador tiene derecho a denunciar la situación ante el Juzgado de lo Social.

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Es importante tener en cuenta que la empresa puede denegar los días de asuntos propios si existen razones objetivas que lo justifiquen, como la falta de personal en determinadas fechas o la necesidad de cubrir un servicio esencial. Sin embargo, la negativa no puede ser arbitraria o discriminatoria.

Consecuencias de la negativa injustificada

En caso de que la negativa de la empresa a conceder los días de asuntos propios sea considerada injustificada por el Juzgado de lo Social, el trabajador no solo tendrá derecho a disfrutar de los días solicitados, sino que también podrá reclamar una indemnización por los daños y perjuicios sufridos.

La indemnización puede incluir el salario correspondiente a los días de asuntos propios no disfrutados, así como una compensación adicional por los perjuicios causados al trabajador, como el estrés o la frustración derivados de la negativa injustificada.

Conclusiones

En España, los días de asuntos propios no están regulados de manera uniforme en el Estatuto de los Trabajadores. En el sector privado, la cantidad de días de asuntos propios disponibles depende del convenio colectivo o del acuerdo individual con el empleador. En el sector público, los funcionarios tienen derecho a 6 días al año de permiso por asuntos particulares, aunque en el año 2020 se amplió a 7 días. Es importante comunicar a la empresa la intención de disfrutar de días de asuntos propios y tener en cuenta que la empresa puede denegarlos, pero debe justificar la negativa. En caso de negativa injustificada, el trabajador puede denunciar ante el Juzgado de lo Social y reclamar no solo los días de asuntos propios, sino también una indemnización por daños y perjuicios.

Preguntas Frecuentes|FAQ

¿Cuántos días de asuntos propios se tienen en el sector privado?

En el sector privado, el número de días de asuntos propios no está establecido de forma específica en el Estatuto de los Trabajadores. La cantidad de días de asuntos propios disponibles para los trabajadores del sector privado depende del convenio colectivo aplicable o de un acuerdo individual con el empleador.

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¿Cuántos días de asuntos propios se tienen en el sector público?

En el caso de los funcionarios públicos, el Estatuto Básico de los Empleados Públicos (EBEP) establece que tienen derecho a 6 días al año de permiso por asuntos particulares. Sin embargo, es importante tener en cuenta que en el año 2020 se amplió a 7 días de asuntos particulares debido a la congelación del sueldo.

¿Los días de asuntos propios son retribuidos?

En el sector privado, por lo general, los días de asuntos propios no son retribuidos y se descuentan del sueldo del trabajador. No obstante, es posible que en algunos convenios colectivos o acuerdos individuales se establezca lo contrario y se contemplen días de asuntos propios retribuidos.

En el sector público, los días de asuntos propios también suelen ser retribuidos, siguiendo las normas establecidas en el EBEP.

¿Cuál es el procedimiento para solicitar días de asuntos propios?

Los trabajadores, tanto del sector privado como del sector público, deben comunicar a la empresa su intención de disfrutar de días de asuntos propios. El procedimiento para solicitar estos días puede variar según lo establecido en el convenio colectivo o en el contrato de trabajo.

¿Puede la empresa denegar los días de asuntos propios solicitados?

La empresa tiene la facultad de denegar los días de asuntos propios solicitados por el trabajador. Sin embargo, esta negativa debe estar debidamente justificada. En caso de que la empresa niegue injustificadamente los días de asuntos propios, el trabajador tiene derecho a denunciar la situación ante el Juzgado de lo Social.

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¿Cuáles son las consecuencias de la negativa injustificada de la empresa?

En caso de que la negativa de la empresa a conceder los días de asuntos propios sea considerada injustificada por el Juzgado de lo Social, el trabajador no solo tendrá derecho a disfrutar de los días solicitados, sino que también podrá reclamar una indemnización por los daños y perjuicios sufridos.

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