Sociedad Anonima Deportiva

Exploraremos las diferencias y características entre una sociedad anónima deportiva (S.A.D.) y una sociedad anónima regular en España. Analizaremos cómo la legislación específica para las sociedades anónimas deportivas busca mejorar la transparencia y regulación en el ámbito del deporte profesional.

Índice de Contenido
  1. ¿Qué es una sociedad anónima deportiva?
  2. Similitudes entre una sociedad anónima deportiva y una sociedad anónima regular
  3. Especialidades de una sociedad anónima deportiva
    1. 1. Objeto social limitado
    2. 2. Denominación social
    3. 3. Capital social mínimo
    4. 4. Aprobación previa para adquisición de participaciones
    5. 5. Requisitos de publicidad e información
    6. 6. Prohibición de acciones en otras SAD
    7. 7. Limitación de potencia de voto
    8. 8. Obligación de presentación de avales
  4. Obligación de convertirse en sociedad anónima deportiva
  5. Conclusión
  6. Preguntas Frecuentes|FAQ
    1. 1. ¿Cuál es el objeto social de una sociedad anónima deportiva?
    2. 2. ¿Qué cambios se realizan en la denominación social de una sociedad anónima deportiva?
    3. 3. ¿Cuál es el capital social mínimo requerido para una sociedad anónima deportiva?
    4. 4. ¿Es necesario obtener aprobación previa para adquirir participaciones en una sociedad anónima deportiva?
    5. 5. ¿Cuáles son los requisitos de publicidad e información exigidos para una sociedad anónima deportiva?
    6. 6. ¿Puede una sociedad anónima deportiva tener acciones en otra sociedad anónima deportiva de la misma competición deportiva?
    7. 7. ¿Cuál es la limitación de potencia de voto en una sociedad anónima deportiva?
    8. 8. ¿Es obligatoria la presentación de avales en una sociedad anónima deportiva?

¿Qué es una sociedad anónima deportiva?

Una sociedad anónima deportiva es un tipo especial de sociedad anónima en España, creada a través de la Ley 10/1990 del Deporte y desarrollada mediante el Real Decreto 1251/1999 sobre sociedades anónimas deportivas. Esta legislación específica fue creada para abordar los problemas y carencias que se presentaban en las sociedades mercantiles que operan en el deporte profesional en España.

Similitudes entre una sociedad anónima deportiva y una sociedad anónima regular

Tanto la sociedad anónima deportiva como la sociedad anónima regular comparten algunas características similares. Ambas son sociedades de responsabilidad limitada, de carácter mercantil, cuyos titulares son accionistas que poseen participación en el capital social a través de títulos o acciones. En ambas, los accionistas no responden con su patrimonio personal, sino solo con el capital aportado.

Especialidades de una sociedad anónima deportiva

Una sociedad anónima deportiva tiene una serie de especialidades para abordar los problemas y carencias que se han presentado en las sociedades mercantiles que operan en el deporte profesional. Algunas de estas especialidades incluyen:

1. Objeto social limitado

La sociedad anónima deportiva tiene como objeto social la participación en competiciones deportivas de carácter profesional y, en su caso, la promoción y desarrollo de actividades deportivas relacionadas.

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2. Denominación social

La sociedad anónima deportiva debe explicitar su condición de deportiva en su denominación social, cambiando las siglas SA por SAD.

3. Capital social mínimo

Se establece un capital social mínimo en función de los gastos realizados y los saldos patrimoniales negativos, que debe estar completamente desembolsado.

4. Aprobación previa para adquisición de participaciones

Se requiere la aprobación previa del Consejo Nacional de Deportes para la adquisición de participaciones que superen el 25% de la sociedad.

5. Requisitos de publicidad e información

Se exigen mayores requisitos de publicidad e información, especialmente en relación con el Consejo Nacional de Deportes.

6. Prohibición de acciones en otras SAD

Una sociedad anónima deportiva no puede tener acciones en otra sociedad anónima deportiva de la misma competición deportiva.

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7. Limitación de potencia de voto

No se puede adquirir una potencia de voto superior al 5% en una sociedad anónima deportiva si ya se posee otro 5% en otra sociedad anónima deportiva.

8. Obligación de presentación de avales

Se requiere la presentación de avales como garantía financiera.

Obligación de convertirse en sociedad anónima deportiva

Es importante destacar que la Ley del Deporte establece la obligación de convertirse en sociedad anónima deportiva para aquellas entidades que participen en competiciones consideradas como profesionales, como la 1ª y 2ª división de fútbol y la ACB de baloncesto. Sin embargo, se permitió que algunas entidades continuaran como clubes deportivos si cumplían ciertos requisitos, como no haber tenido pérdidas en los cuatro ejercicios anteriores o ser considerados "históricos" por no haber descendido de la 1ª División.

Conclusión

La diferencia principal entre una sociedad anónima deportiva y una sociedad anónima regular radica en las especialidades y requisitos específicos que se aplican a las sociedades anónimas deportivas para adaptarse al mundo del deporte profesional y mejorar la transparencia y regulación en este ámbito. La legislación específica busca garantizar una mayor transparencia económica y jurídica en las empresas que operan en el deporte profesional en España.

Preguntas Frecuentes|FAQ

1. ¿Cuál es el objeto social de una sociedad anónima deportiva?

El objeto social de una sociedad anónima deportiva es la participación en competiciones deportivas de carácter profesional y, en su caso, la promoción y desarrollo de actividades deportivas relacionadas.

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2. ¿Qué cambios se realizan en la denominación social de una sociedad anónima deportiva?

La denominación social de una sociedad anónima deportiva debe explicitar su condición de deportiva, cambiando las siglas SA por SAD.

3. ¿Cuál es el capital social mínimo requerido para una sociedad anónima deportiva?

Se establece un capital social mínimo en función de los gastos realizados y los saldos patrimoniales negativos, el cual debe estar completamente desembolsado.

4. ¿Es necesario obtener aprobación previa para adquirir participaciones en una sociedad anónima deportiva?

Sí, se requiere la aprobación previa del Consejo Nacional de Deportes para la adquisición de participaciones que superen el 25% de la sociedad.

5. ¿Cuáles son los requisitos de publicidad e información exigidos para una sociedad anónima deportiva?

Se exigen mayores requisitos de publicidad e información, especialmente en relación con el Consejo Nacional de Deportes.

6. ¿Puede una sociedad anónima deportiva tener acciones en otra sociedad anónima deportiva de la misma competición deportiva?

No, está prohibido que una sociedad anónima deportiva tenga acciones en otra sociedad anónima deportiva de la misma competición deportiva.

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7. ¿Cuál es la limitación de potencia de voto en una sociedad anónima deportiva?

No se puede adquirir una potencia de voto superior al 5% en una sociedad anónima deportiva si ya se posee otro 5% en otra sociedad anónima deportiva.

8. ¿Es obligatoria la presentación de avales en una sociedad anónima deportiva?

Sí, se requiere la presentación de avales como garantía financiera en una sociedad anónima deportiva.

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